Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050218)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60372
telación al plazo máximo de presentación de solicitudes y que la unidad familiar tenga
unas rentas menores cinco veces al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), siempre que
efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolución del ingreso.
b) Los/as interesados/as que hayan sido admitidos/as para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintos Cuerpos y/o Especialidades y que no puedan
realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los
ejercicios y soliciten la devolución del ingreso.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación
en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento,
determinará la exclusión del/la aspirante.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. F
inalizado el plazo de presentación de instancias, por la Dirección General Función Pública,
se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que deberá publicarse en el
Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al
público las listas certificadas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalando un plazo
de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellos/as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos/as en la relación
de admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
2. E
n el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que se
aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará
los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Las listas provisionales o definitivas, se expondrán, en todo caso, en la Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial de
Extremadura será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, tal
como se establece en la base sexta.
Martes, 21 de diciembre de 2021
60372
telación al plazo máximo de presentación de solicitudes y que la unidad familiar tenga
unas rentas menores cinco veces al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), siempre que
efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolución del ingreso.
b) Los/as interesados/as que hayan sido admitidos/as para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintos Cuerpos y/o Especialidades y que no puedan
realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los
ejercicios y soliciten la devolución del ingreso.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación
en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento,
determinará la exclusión del/la aspirante.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. F
inalizado el plazo de presentación de instancias, por la Dirección General Función Pública,
se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que deberá publicarse en el
Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al
público las listas certificadas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalando un plazo
de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellos/as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos/as en la relación
de admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
2. E
n el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que se
aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará
los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Las listas provisionales o definitivas, se expondrán, en todo caso, en la Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial de
Extremadura será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, tal
como se establece en la base sexta.