Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050217)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60300
De no formularse solicitud en este sentido, el/la aspirante se incluirá en las listas de espera
de todas las zonas de coordinación, si bien la renuncia al puesto que se ofrezca dará lugar
a la exclusión de todas las listas de la misma Categoría y Especialidad.
Una vez publicada la lista de espera se podrán atender las solicitudes de modificación de
zonas, siempre que la misma consista en reducción del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/la aspirante tanto los errores en su consignación
como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base
Duodécima de la presente Orden.
8. L
os/as aspirantes podrán presentarse a cuantas Categorías/Especialidades se convoquen
siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en
las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, así como del periodo de prueba, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se
presentará una instancia por cada Categoría/Especialidad a la que se aspire.
9. L
a tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 15,28 euros por solicitud, y su
ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que
se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica
en este apartado.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el
sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente
a “Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos
de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web
https: //modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos de
examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del
ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas
bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los
apartados anteriores.
Martes, 21 de diciembre de 2021
60300
De no formularse solicitud en este sentido, el/la aspirante se incluirá en las listas de espera
de todas las zonas de coordinación, si bien la renuncia al puesto que se ofrezca dará lugar
a la exclusión de todas las listas de la misma Categoría y Especialidad.
Una vez publicada la lista de espera se podrán atender las solicitudes de modificación de
zonas, siempre que la misma consista en reducción del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/la aspirante tanto los errores en su consignación
como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base
Duodécima de la presente Orden.
8. L
os/as aspirantes podrán presentarse a cuantas Categorías/Especialidades se convoquen
siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en
las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, así como del periodo de prueba, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se
presentará una instancia por cada Categoría/Especialidad a la que se aspire.
9. L
a tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 15,28 euros por solicitud, y su
ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que
se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica
en este apartado.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el
sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente
a “Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos
de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web
https: //modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos de
examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del
ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas
bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los
apartados anteriores.