Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050217)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60313
de trabajadores, y que residan en España, deberán presentar una copia auténtica del
correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta
temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una copia auténtica del documento
de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica del
pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente
tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta.
También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes
que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o
nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o
está a su cargo.
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar copia auténtica de la documentación que acredite que se encuentran en situación de residente temporal o permanente,
que tienen autorización para residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de
los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.
2. L
os/as aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Categoría/ Especialidad a la
que opta.
Dentro del mismo plazo de diez días hábiles, los/as aspirantes que formen parte de la relación definitiva de aprobados/as en cada proceso selectivo, recibirán en el domicilio que
hagan constar en su solicitud una citación para someterse a dicho reconocimiento médico.
En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Categoría/ Especialidad, el/la aspirante no podrá adquirir
la condición de personal laboral fijo, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto
a él/ella se refiere.
Martes, 21 de diciembre de 2021
60313
de trabajadores, y que residan en España, deberán presentar una copia auténtica del
correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta
temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una copia auténtica del documento
de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica del
pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente
tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta.
También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes
que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o
nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o
está a su cargo.
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar copia auténtica de la documentación que acredite que se encuentran en situación de residente temporal o permanente,
que tienen autorización para residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de
los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.
2. L
os/as aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Categoría/ Especialidad a la
que opta.
Dentro del mismo plazo de diez días hábiles, los/as aspirantes que formen parte de la relación definitiva de aprobados/as en cada proceso selectivo, recibirán en el domicilio que
hagan constar en su solicitud una citación para someterse a dicho reconocimiento médico.
En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Categoría/ Especialidad, el/la aspirante no podrá adquirir
la condición de personal laboral fijo, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto
a él/ella se refiere.