Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050220)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral Categoría Ordenanza de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
60439
Martes, 21 de diciembre de 2021
Undécima. Formalización del contrato.
Finalizado el proceso de elección de puestos, por el titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se formalizarán los correspondientes contratos de trabajo como personal
laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro General de Personal.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración de un mes. No estarán sujetos al período de prueba aquellos que hayan desempeñado las mismas funciones en
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo cualquier modalidad de
contratación, durante un periodo igual o superior al establecido como periodo de prueba. A
estos efectos, no se considerarán las funciones distintas de la categoría profesional de pertenencia que se asignen por movilidad funcional.
Duodécima. Listas de Espera.
Para la constitución de Listas de Espera con los/as aspirantes que no superen el proceso de
selección, cuyo procedimiento se regula en el Título III del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida
en la fase de oposición.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su
caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2021.
La Vicepresidenta y Consejera de
Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
60439
Martes, 21 de diciembre de 2021
Undécima. Formalización del contrato.
Finalizado el proceso de elección de puestos, por el titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se formalizarán los correspondientes contratos de trabajo como personal
laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro General de Personal.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración de un mes. No estarán sujetos al período de prueba aquellos que hayan desempeñado las mismas funciones en
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo cualquier modalidad de
contratación, durante un periodo igual o superior al establecido como periodo de prueba. A
estos efectos, no se considerarán las funciones distintas de la categoría profesional de pertenencia que se asignen por movilidad funcional.
Duodécima. Listas de Espera.
Para la constitución de Listas de Espera con los/as aspirantes que no superen el proceso de
selección, cuyo procedimiento se regula en el Título III del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida
en la fase de oposición.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su
caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2021.
La Vicepresidenta y Consejera de
Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES