Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050220)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral Categoría Ordenanza de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

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En cualquier caso, la situación del/de la aspirante quedará condicionada a la finalización
del proceso selectivo y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no
pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser
valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá
lugar antes de la publicación de las listas provisionales de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
2. E
 n cualquier momento del desarrollo del ejercicio, el Tribunal de Selección podrá requerir
a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.
3. S
 i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguno/a de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación
acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El
órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho
al interesado/a.
4. S
 in perjuicio de que en la resolución aprobatoria de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del ejercicio
de la fase de oposición, éste se celebrará en el plazo de 6 meses contados a partir de la
publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.
A efectos del debido cumplimiento de los plazos que el desarrollo de los procesos selectivos exige de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura así como el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, teniendo en cuenta las dificultades que su incumplimiento
entraña durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de
plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. F
 inalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, con expresión de la puntuación obtenida, en todas las
Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, y además, se enviará,
en soporte informático, a la Dirección General de Función Pública.
Simultáneamente, el Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 15 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso, según se dispone en la base sexta.