Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Denominación De Origen. (2021063856)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se hace pública la ratificación del Reglamento y de los Estatutos de la DOP "Queso de Acehúche".
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NÚMERO 242
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59762
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Agricultura
y Ganadería, por la que se hace pública la ratificación del Reglamento y de los
Estatutos de la DOP "Queso de Acehúche". (2021063856)
Con fecha de 26 de junio de 2019, la “Asociación de Productores de Caprino y Queso de Acehúche” (Acehúche, Cáceres) presentó una solicitud de inscripción del nombre “Queso de Acehúche” en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) de la Unión Europea,
al que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y
del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos
agrícolas y alimenticios. Por parte de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, como
órgano competente en esta materia, se adoptó e hizo pública la decisión favorable en relación
con la solicitud de inscripción del nombre “Queso de Acehúche” (Diario Oficial de Extremadura n.º 128, de 3 de julio de 2020). Después de publicar la antedicha decisión favorable, se
remitió el expediente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos de la
transmisión de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea, la cual le asignó el número de
referencia PDO-ES-02621. A continuación, la Asociación promotora solicitó la concesión de la
Protección Nacional Transitoria al nombre “Queso de Acehúche”, al amparo del artículo 9 del
Reglamento (UE) n.º 1151/2012, que fue concedida mediante resolución del director general
de Agricultura y Ganadería (“Boletín Oficial del Estado” n.º 338, de 28 de diciembre de 2020).
La Ley 4/2010, de 28 de abril, de Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen e
Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura dispone, en su artículo
13.1, que para cada DOP existirá una entidad de gestión, con la naturaleza de corporación
de derecho público, que se denominará “Consejo Regulador”. A su vez, la Ley 6/2015, de 24
de marzo, Agraria de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 2/2016, de 17 de marzo,
y por el Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, determina, en su artículo 50.2, que cada DOP
se regirá por un reglamento aprobado por decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura. En consecuencia, mediante el Decreto 108/2021, de 15 de septiembre, se ha
aprobado el Reglamento de la DOP “Queso de Acehúche”. Asimismo, el artículo 50.3 de la
citada Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura establece que, por orden del titular de la consejería competente, se aprobarán los estatutos de cada denominación de origen.
Por tanto, por medio de la Orden de 28 de octubre de 2021, de la Consejera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, se han aprobado los mencionados Estatutos.
Seguidamente, en aplicación de la disposición adicional segunda de la Orden de 28 de octubre
de 2021, de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, por Resolución de 2 de noviembre de 2021, del director general de Agricultura y Ganadería se han
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59762
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Agricultura
y Ganadería, por la que se hace pública la ratificación del Reglamento y de los
Estatutos de la DOP "Queso de Acehúche". (2021063856)
Con fecha de 26 de junio de 2019, la “Asociación de Productores de Caprino y Queso de Acehúche” (Acehúche, Cáceres) presentó una solicitud de inscripción del nombre “Queso de Acehúche” en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) de la Unión Europea,
al que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y
del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos
agrícolas y alimenticios. Por parte de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, como
órgano competente en esta materia, se adoptó e hizo pública la decisión favorable en relación
con la solicitud de inscripción del nombre “Queso de Acehúche” (Diario Oficial de Extremadura n.º 128, de 3 de julio de 2020). Después de publicar la antedicha decisión favorable, se
remitió el expediente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos de la
transmisión de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea, la cual le asignó el número de
referencia PDO-ES-02621. A continuación, la Asociación promotora solicitó la concesión de la
Protección Nacional Transitoria al nombre “Queso de Acehúche”, al amparo del artículo 9 del
Reglamento (UE) n.º 1151/2012, que fue concedida mediante resolución del director general
de Agricultura y Ganadería (“Boletín Oficial del Estado” n.º 338, de 28 de diciembre de 2020).
La Ley 4/2010, de 28 de abril, de Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen e
Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura dispone, en su artículo
13.1, que para cada DOP existirá una entidad de gestión, con la naturaleza de corporación
de derecho público, que se denominará “Consejo Regulador”. A su vez, la Ley 6/2015, de 24
de marzo, Agraria de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 2/2016, de 17 de marzo,
y por el Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, determina, en su artículo 50.2, que cada DOP
se regirá por un reglamento aprobado por decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura. En consecuencia, mediante el Decreto 108/2021, de 15 de septiembre, se ha
aprobado el Reglamento de la DOP “Queso de Acehúche”. Asimismo, el artículo 50.3 de la
citada Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura establece que, por orden del titular de la consejería competente, se aprobarán los estatutos de cada denominación de origen.
Por tanto, por medio de la Orden de 28 de octubre de 2021, de la Consejera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, se han aprobado los mencionados Estatutos.
Seguidamente, en aplicación de la disposición adicional segunda de la Orden de 28 de octubre
de 2021, de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, por Resolución de 2 de noviembre de 2021, del director general de Agricultura y Ganadería se han