Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063784)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), y la Fundación Santa María la Real para la implantación del Programa Lanzaderas Conecta Empleo (Programa GPS Empleo) cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
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NÚMERO 242
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59743
Tercera. Obligaciones del SEXPE.
3.1. Difundir los proyectos que se lleven a cabo al amparo del presente convenio, siguiendo las indicaciones previas establecidas en el Protocolo de Comunicación del programa
Lanzaderas Conecta Empleo, que en todo caso estará en consonancia con los requisitos
establecidos por el Fondo Social Europeo.
3.2. Realizar la campaña de captación de participantes a través de los servicios de apoyo al
empleo y/o el emprendimiento, agencias u otros organismos municipales, provinciales
o autonómicos relacionados. Dicha campaña se materializará en el envío de información
detallada y precisa a los/as usuarios/as de sus servicios de empleo por correo electrónico
y/o por mensaje de texto, además de la publicación en la página web del SEXPE y sus
redes sociales, contribuyendo a que el cómputo global de solicitantes sea de, al menos,
un centenar de personas inscritas para empezar la selección de participantes. Cuando el
número de inscripciones sobrepase las 300, la Fundación Santa María la Real podrá cerrar el plazo de inscripción. En este caso, todas las inscripciones que se realicen a partir
de ese momento pasarán a la lista de espera.
3.3. Aceptar la metodología del programa Lanzaderas Conecta Empleo, y a facilitar las acciones de gestión y supervisión durante el desarrollo de los proyectos acordados.
3.4. Autorizará la coordinación general del proyecto a la Fundación Santa María la Real, informando a sus trabajadores/as que por su actividad habitual tengan interés en el proyecto,
y en todo caso, a los/as técnicos/as y responsables del Área de Empleo o similares.
El SEXPE se compromete a no realizar iniciativas con el nombre o los signos distintivos de
Lanzaderas de Empleo o Lanzaderas Conecta Empleo que no estén amparadas por el presente
convenio, tanto por medios propios como a través de terceros, sin la autorización de la Fundación Santa María la Real.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Para la interpretación, aplicación, control y desarrollo de lo estipulado en el presente convenio
se constituye una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes de
cada una de las partes firmantes, y que establecerá de común acuerdo las normas relativas
a su funcionamiento.
La comisión de seguimiento se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que lo solicite una de las partes firmantes al objeto de revisar la relación de acciones y
actividades que se realicen al amparo del presente convenio, y resolver cualquier incidencia
que pudiera suscitarse. Esta comisión elevará informes y propuestas a los órganos rectores
de cada una de las partes.
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59743
Tercera. Obligaciones del SEXPE.
3.1. Difundir los proyectos que se lleven a cabo al amparo del presente convenio, siguiendo las indicaciones previas establecidas en el Protocolo de Comunicación del programa
Lanzaderas Conecta Empleo, que en todo caso estará en consonancia con los requisitos
establecidos por el Fondo Social Europeo.
3.2. Realizar la campaña de captación de participantes a través de los servicios de apoyo al
empleo y/o el emprendimiento, agencias u otros organismos municipales, provinciales
o autonómicos relacionados. Dicha campaña se materializará en el envío de información
detallada y precisa a los/as usuarios/as de sus servicios de empleo por correo electrónico
y/o por mensaje de texto, además de la publicación en la página web del SEXPE y sus
redes sociales, contribuyendo a que el cómputo global de solicitantes sea de, al menos,
un centenar de personas inscritas para empezar la selección de participantes. Cuando el
número de inscripciones sobrepase las 300, la Fundación Santa María la Real podrá cerrar el plazo de inscripción. En este caso, todas las inscripciones que se realicen a partir
de ese momento pasarán a la lista de espera.
3.3. Aceptar la metodología del programa Lanzaderas Conecta Empleo, y a facilitar las acciones de gestión y supervisión durante el desarrollo de los proyectos acordados.
3.4. Autorizará la coordinación general del proyecto a la Fundación Santa María la Real, informando a sus trabajadores/as que por su actividad habitual tengan interés en el proyecto,
y en todo caso, a los/as técnicos/as y responsables del Área de Empleo o similares.
El SEXPE se compromete a no realizar iniciativas con el nombre o los signos distintivos de
Lanzaderas de Empleo o Lanzaderas Conecta Empleo que no estén amparadas por el presente
convenio, tanto por medios propios como a través de terceros, sin la autorización de la Fundación Santa María la Real.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Para la interpretación, aplicación, control y desarrollo de lo estipulado en el presente convenio
se constituye una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes de
cada una de las partes firmantes, y que establecerá de común acuerdo las normas relativas
a su funcionamiento.
La comisión de seguimiento se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que lo solicite una de las partes firmantes al objeto de revisar la relación de acciones y
actividades que se realicen al amparo del presente convenio, y resolver cualquier incidencia
que pudiera suscitarse. Esta comisión elevará informes y propuestas a los órganos rectores
de cada una de las partes.