Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2021063854)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2022 de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021
- Participantes y número de horas de las actividades formativas.
- Objetivos y resultados esperados de las acciones formativas.
- Metodología de desarrollo del plan de formación.
- Costes de las actividades formativas.
59418
- Otras actuaciones que las organizaciones solicitantes realicen en el desarrollo de
las actividades formativas, en especial las medidas de difusión y publicidad.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las entidades
solicitantes no deberán aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. En este caso,
bastará la declaración de la persona que ostente la representación legal de la entidad en la
solicitud de subvención, en la que se hará constar el expediente administrativo en el que
se aportó la misma, y órgano al que fue dirigida.
En todo caso, no será necesario aportar los documentos a que hacen mención las letras
a), b) y c) del punto 3 anterior, que ya estén en poder del Servicio Extremeño Público de
Empleo, por haber sido aportados con ocasión de la tramitación de anteriores solicitudes
de subvenciones concedidas por dicho organismo, salvo que los mismos hayan sufrido
modificaciones.
A efectos de lo anterior, los citados documentos serán sustituidos por una declaración responsable de la persona que ostente la representación legal de la entidad, acreditativa de
que no se ha producido ningún cambio en la documentación identificativa de la entidad y
de la vigencia de la facultad de la representación, a fecha de presentación de la solicitud.
Undécimo. Forma de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán presentadas, en el plazo que se establece en el apartado noveno, de
la siguiente forma:
a. La entidad solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, con la información requerida y adjuntar los
documentos que correspondan.
b. L
a solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de la persona representante.
c. La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea
registrada por la solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.
Jueves, 16 de diciembre de 2021
- Participantes y número de horas de las actividades formativas.
- Objetivos y resultados esperados de las acciones formativas.
- Metodología de desarrollo del plan de formación.
- Costes de las actividades formativas.
59418
- Otras actuaciones que las organizaciones solicitantes realicen en el desarrollo de
las actividades formativas, en especial las medidas de difusión y publicidad.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las entidades
solicitantes no deberán aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. En este caso,
bastará la declaración de la persona que ostente la representación legal de la entidad en la
solicitud de subvención, en la que se hará constar el expediente administrativo en el que
se aportó la misma, y órgano al que fue dirigida.
En todo caso, no será necesario aportar los documentos a que hacen mención las letras
a), b) y c) del punto 3 anterior, que ya estén en poder del Servicio Extremeño Público de
Empleo, por haber sido aportados con ocasión de la tramitación de anteriores solicitudes
de subvenciones concedidas por dicho organismo, salvo que los mismos hayan sufrido
modificaciones.
A efectos de lo anterior, los citados documentos serán sustituidos por una declaración responsable de la persona que ostente la representación legal de la entidad, acreditativa de
que no se ha producido ningún cambio en la documentación identificativa de la entidad y
de la vigencia de la facultad de la representación, a fecha de presentación de la solicitud.
Undécimo. Forma de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán presentadas, en el plazo que se establece en el apartado noveno, de
la siguiente forma:
a. La entidad solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, con la información requerida y adjuntar los
documentos que correspondan.
b. L
a solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de la persona representante.
c. La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea
registrada por la solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.