Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063845)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales y la producción y suministro de material forestal de reproducción.
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NÚMERO 239
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
59064
Además de lo anterior, en el citado Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, se atribuye a la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación la aplicación y seguimiento de
la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos
Forestales (en adelante ERGF) en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas.
Por otra parte, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad,
modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, tiene como objeto la conservación, uso
sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad, que queda definida incluyendo explícitamente la diversidad genética intraespecífica (...comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas). Con objeto de preservar
el patrimonio genético y biológico de las especies silvestres y de integrar en los programas
de conservación las operaciones “ex situ” e “in situ”, la ley establece que las Administraciones
Públicas promoverán la existencia de una red de bancos de material genético y biológico de
especies silvestres.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, modificado por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y
bajo el órgano directivo de la Dirección General de Política Forestal, es a quién corresponde la
competencia y funciones en materia de medio natural en el marco de las competencias atribuidas a la comunidad autónoma y, en concreto, en su artículo 5, letra a) cita textualmente
“La promoción, ejecución y control en materia de la gestión de la riqueza y potencial forestal
y sus aprovechamientos.”.
Entre tales funciones, y de acuerdo con el artículo 279 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo,
Agraria de Extremadura, la Administración autonómica con competencias en materia forestal
colaborará con el Ministerio con competencias en la materia para elaborar los programas de
mejora genética y conservación de los recursos genéticos forestales.
Tercero. El Plan Forestal Español, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
julio de 2002, establece como uno de sus pilares básicos la colaboración de la Administración
General del Estado con las Comunidades Autónomas, de forma que establezcan mecanismos
y procedimientos de coordinación que faciliten la puesta en práctica de las políticas forestales
y su coherencia.
Dentro de este contexto, la ERGF, entre sus objetivos incluye el de “Promover la cooperación
entre Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado para el intercambio de
información, para la coordinación de actividades de mejora y conservación, y para la definición y ejecución de planes y programas nacionales”.
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
59064
Además de lo anterior, en el citado Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, se atribuye a la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación la aplicación y seguimiento de
la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos
Forestales (en adelante ERGF) en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas.
Por otra parte, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad,
modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, tiene como objeto la conservación, uso
sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad, que queda definida incluyendo explícitamente la diversidad genética intraespecífica (...comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas). Con objeto de preservar
el patrimonio genético y biológico de las especies silvestres y de integrar en los programas
de conservación las operaciones “ex situ” e “in situ”, la ley establece que las Administraciones
Públicas promoverán la existencia de una red de bancos de material genético y biológico de
especies silvestres.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, modificado por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y
bajo el órgano directivo de la Dirección General de Política Forestal, es a quién corresponde la
competencia y funciones en materia de medio natural en el marco de las competencias atribuidas a la comunidad autónoma y, en concreto, en su artículo 5, letra a) cita textualmente
“La promoción, ejecución y control en materia de la gestión de la riqueza y potencial forestal
y sus aprovechamientos.”.
Entre tales funciones, y de acuerdo con el artículo 279 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo,
Agraria de Extremadura, la Administración autonómica con competencias en materia forestal
colaborará con el Ministerio con competencias en la materia para elaborar los programas de
mejora genética y conservación de los recursos genéticos forestales.
Tercero. El Plan Forestal Español, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
julio de 2002, establece como uno de sus pilares básicos la colaboración de la Administración
General del Estado con las Comunidades Autónomas, de forma que establezcan mecanismos
y procedimientos de coordinación que faciliten la puesta en práctica de las políticas forestales
y su coherencia.
Dentro de este contexto, la ERGF, entre sus objetivos incluye el de “Promover la cooperación
entre Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado para el intercambio de
información, para la coordinación de actividades de mejora y conservación, y para la definición y ejecución de planes y programas nacionales”.