Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Voluntariado. Subvenciones. (2021063817)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se da publicidad a la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 239
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
59094
RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Servicios
Sociales, Infancia y Familias, por la que se da publicidad a la concesión de
subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de
programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2021. (2021063817)
El Decreto 93/2013, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la primera convocatoria para el ejercicio
2013 (DOE núm. 111, de 11 de junio de 2013), tiene como finalidad la financiación de los
gastos originados por la realización de actividades de programas de promoción del voluntariado social. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concurrencia
competitiva mediante convocatoria pública periódica.
En cumplimiento de lo anterior, el día 26 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de
Extremadura la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se
aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del
voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2021.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Por su parte, Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, dispone en
su artículo 11 que la Administración autonómica deberá publicar en el Portal Electrónico de la
Transparencia y la Participación Ciudadana las concesiones de ayudas o subvenciones dentro
de los quince días siguientes al de su notificación o publicación, con indicación únicamente
de la relación de los beneficiarios, el importe de las ayudas y la identificación de la normativa
reguladora.
Por todo ello, esta Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por delegación
de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales mediante Resolución
de 29 de marzo de 2021 (DOE núm. 63 de 6 de abril de 2021), una vez resueltas con fecha
de 23 de septiembre de 2021 y notificadas las resoluciones de concesión de subvenciones a
las entidades privadas sin ánimo de lucro de acuerdo con lo dispuesto en la citada Resolución
de convocatoria de 17 de mayo de 2021, y en virtud de lo establecido en el artículo 14 del
Decreto 93/2013, de 4 de junio, en aplicación de los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, y del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
59094
RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Servicios
Sociales, Infancia y Familias, por la que se da publicidad a la concesión de
subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de
programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2021. (2021063817)
El Decreto 93/2013, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la primera convocatoria para el ejercicio
2013 (DOE núm. 111, de 11 de junio de 2013), tiene como finalidad la financiación de los
gastos originados por la realización de actividades de programas de promoción del voluntariado social. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concurrencia
competitiva mediante convocatoria pública periódica.
En cumplimiento de lo anterior, el día 26 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de
Extremadura la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se
aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del
voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2021.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Por su parte, Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, dispone en
su artículo 11 que la Administración autonómica deberá publicar en el Portal Electrónico de la
Transparencia y la Participación Ciudadana las concesiones de ayudas o subvenciones dentro
de los quince días siguientes al de su notificación o publicación, con indicación únicamente
de la relación de los beneficiarios, el importe de las ayudas y la identificación de la normativa
reguladora.
Por todo ello, esta Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por delegación
de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales mediante Resolución
de 29 de marzo de 2021 (DOE núm. 63 de 6 de abril de 2021), una vez resueltas con fecha
de 23 de septiembre de 2021 y notificadas las resoluciones de concesión de subvenciones a
las entidades privadas sin ánimo de lucro de acuerdo con lo dispuesto en la citada Resolución
de convocatoria de 17 de mayo de 2021, y en virtud de lo establecido en el artículo 14 del
Decreto 93/2013, de 4 de junio, en aplicación de los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, y del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,