Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. Adjudicación Definitiva. (2021063773)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo de Gestión de la Función Administrativa, Grupo Administrativo de la Función Administrativa, Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniero Técnico en Telecomunicaciones, Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información, Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información y Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 237
Lunes 13 de diciembre de 2021

58563

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Segundo. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la
obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria
convocado por otra Administración. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante
copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino o certificado expedido
por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
Tercero. Los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución
definitiva del concurso, salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en
cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso o
licencia.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día del
cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de Área de
Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A estos efectos, se
entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea
en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión de servicio, si
bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de obtener plaza en la
misma institución o localidad donde se presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo de
toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución
definitiva.
Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de
toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado en
dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se incorpore al
destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de