Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Información Pública. (2021063807)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 237
Lunes 13 de diciembre de 2021
58629
Además, para dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece
la posibilidad que tienen los ciudadanos de participar en el procedimientos de elaboración de
las normas con rango de ley y reglamentos, se pone a disposición de la opinión pública y de
los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura
norma la información relacionada con los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
Muchas de las Comunidades de Regantes de Extremadura adolecen de los recursos
humanos y materiales necesarios para llevar a cabo adecuadamente las funciones
que por la Ley de Aguas tienen encomendadas. Esto se traduce en la inexistencia, en
muchas de ellas, de la figura profesionalizada de las personas que las integran, del
personal técnico necesario para la explotación de la zona regable y para la mejora
y modernización de sus infraestructuras, así como de los recursos informáticos y
materiales para una buena gestión de las mismas. Todo ello supone una deficitaria
gestión técnica y administrativa del funcionamiento de las Comunidades de Regantes y
una deficiente optimización en la distribución del agua de riego.
Siendo conscientes desde la Junta de Extremadura de estas deficiencias de las
Comunidades de Regantes de nuestra Comunidad Autónoma, se hace necesario seguir
impulsando la mejora en su gestión integral y como consecuencia de ello, apostar por
la consolidación y el desarrollo de nuestros regadíos.
b) La necesidad y la oportunidad de la aprobación:
A través del presente decreto, se pretende avanzar en la resolución de las deficiencias
descritas en todas las Zonas Regables de Extremadura, mediante la correspondiente
convocatoria en la que puedan presentarse, en régimen de concurrencia competitiva,
las Asociaciones de Comunidades de Regantes, las Federaciones de Comunidades de
Regantes, así como otras Comunidades de Usuarios de aguas (Comunidades Generales
o Juntas Centrales de Usuarios), principalmente vinculadas con el regadío, cuyo ámbito
de actuación se circunscriba, exclusivamente, al territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, que, por sus características, adolezcan de tales deficiencias, debiendo
disponer de la correspondiente concesión de aguas y cumplir con una serie de requisitos
El regadío es un motor para el desarrollo económico de las zonas rurales, impulsando
una agricultura productiva, sostenible, generadora de empleo y de valor añadido, que
mejora su eficiencia y responde a una planificación sostenible desde el punto de vista
social, territorial y ambiental. Por ese motivo, se considera una medida adecuada de la
política demográfica de la Junta de Extremadura en la lucha contra la despoblación en
el medio rural.
Lunes 13 de diciembre de 2021
58629
Además, para dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece
la posibilidad que tienen los ciudadanos de participar en el procedimientos de elaboración de
las normas con rango de ley y reglamentos, se pone a disposición de la opinión pública y de
los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura
norma la información relacionada con los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
Muchas de las Comunidades de Regantes de Extremadura adolecen de los recursos
humanos y materiales necesarios para llevar a cabo adecuadamente las funciones
que por la Ley de Aguas tienen encomendadas. Esto se traduce en la inexistencia, en
muchas de ellas, de la figura profesionalizada de las personas que las integran, del
personal técnico necesario para la explotación de la zona regable y para la mejora
y modernización de sus infraestructuras, así como de los recursos informáticos y
materiales para una buena gestión de las mismas. Todo ello supone una deficitaria
gestión técnica y administrativa del funcionamiento de las Comunidades de Regantes y
una deficiente optimización en la distribución del agua de riego.
Siendo conscientes desde la Junta de Extremadura de estas deficiencias de las
Comunidades de Regantes de nuestra Comunidad Autónoma, se hace necesario seguir
impulsando la mejora en su gestión integral y como consecuencia de ello, apostar por
la consolidación y el desarrollo de nuestros regadíos.
b) La necesidad y la oportunidad de la aprobación:
A través del presente decreto, se pretende avanzar en la resolución de las deficiencias
descritas en todas las Zonas Regables de Extremadura, mediante la correspondiente
convocatoria en la que puedan presentarse, en régimen de concurrencia competitiva,
las Asociaciones de Comunidades de Regantes, las Federaciones de Comunidades de
Regantes, así como otras Comunidades de Usuarios de aguas (Comunidades Generales
o Juntas Centrales de Usuarios), principalmente vinculadas con el regadío, cuyo ámbito
de actuación se circunscriba, exclusivamente, al territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, que, por sus características, adolezcan de tales deficiencias, debiendo
disponer de la correspondiente concesión de aguas y cumplir con una serie de requisitos
El regadío es un motor para el desarrollo económico de las zonas rurales, impulsando
una agricultura productiva, sostenible, generadora de empleo y de valor añadido, que
mejora su eficiencia y responde a una planificación sostenible desde el punto de vista
social, territorial y ambiental. Por ese motivo, se considera una medida adecuada de la
política demográfica de la Junta de Extremadura en la lucha contra la despoblación en
el medio rural.