Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063756)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para centro de trato de corderos promovido por Antonia María Rodríguez Pérez, en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz).
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021
58251
RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
centro de trato de corderos promovido por Antonia María Rodríguez Pérez, en
el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz). (2021063756)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 23 de abril de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para un centro de trato
de corderos, ubicado en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz) y promovida
por Antonia María Rodríguez Pérez con domicilio social en C/ San Ginés, n.º 49, C.P. 06110 de
Villanueva del Fresno y NIF: *****836-V.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de un centro de trato de corderos con
capacidad para 1.575 animales de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En particular en la categoría 1.3.b del anexo II.
La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz),
y más concretamente en el polígono 9, parcela 1 con una superficie total de 21,45 Has. Las
características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 11 de julio de 2019, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 10
de julio de 2019, se remite copia del expediente al Ayuntamiento Villanueva del Fresno, a
fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas
interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento
de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un
plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se
pronuncie sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local.
Quinto. La arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Villanueva del Fresno, Doña
Gloria Ríos Moreno, en cumplimiento a las prescripciones del artículo 16.6 de la Ley 16/2015
Viernes 10 de diciembre de 2021
58251
RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
centro de trato de corderos promovido por Antonia María Rodríguez Pérez, en
el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz). (2021063756)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 23 de abril de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para un centro de trato
de corderos, ubicado en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz) y promovida
por Antonia María Rodríguez Pérez con domicilio social en C/ San Ginés, n.º 49, C.P. 06110 de
Villanueva del Fresno y NIF: *****836-V.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de un centro de trato de corderos con
capacidad para 1.575 animales de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En particular en la categoría 1.3.b del anexo II.
La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz),
y más concretamente en el polígono 9, parcela 1 con una superficie total de 21,45 Has. Las
características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 11 de julio de 2019, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 10
de julio de 2019, se remite copia del expediente al Ayuntamiento Villanueva del Fresno, a
fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas
interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento
de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un
plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se
pronuncie sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local.
Quinto. La arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Villanueva del Fresno, Doña
Gloria Ríos Moreno, en cumplimiento a las prescripciones del artículo 16.6 de la Ley 16/2015