Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063755)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Explotación Los Cansados, SL, en el término municipal de Olivenza (Badajoz).
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021

58221

4. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro,
corrales y patios de ejercicio, distintas de las descritas en el apartado a.2) y d.2).
5. Quincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
6. Los vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente.
A los efectos de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el
Dominio Público Hidráulico (DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes
prescripciones:
• El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros
del DPH.
•
Se deberá garantizar la completa estanqueidad del referido depósito mediante el
correspondiente certificado suscrito por técnico competente y visado por el colegio
profesional correspondiente.
• En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de
facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.
El depósito deberá ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado para la
gestión del residuo no peligroso de código LER 20 03 04; con la periodicidad adecuada para
evitar el riesgo de rebosamiento del mismo. A tal efecto, se deberá tener a disposición de los
organismos encargados de velar por la protección del Medio Ambiente, a petición del personal
acreditado por los mismos, la documentación que acredite la recogida y destino adecuados
de las aguas residuales acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, se deberá comunicar a
dichos organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.
7. 
El titular de la instalación deberá favorecer que las aguas pluviales no contaminadas
se evacuen de forma natural, hasta la parte exterior de las instalaciones, haciéndose
especial mención a aquéllas que caigan sobre el techo de las naves. A tales efectos, se
considerarán aguas pluviales contaminadas las que entren en contacto con los animales o
sus deyecciones, en particular las que caigan sobre las fosas de purines.