Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063703)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Ardila" a ejecutar en el término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz), y cuyo promotor es Furatena Solar 1, SLU. Expte.: IA 21/1229.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021

57854

RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica
"Ardila" a ejecutar en el término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz),
y cuyo promotor es Furatena Solar 1, SLU. Expte.: IA 21/1229. (2021063703)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Mediante Resolución de 28 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, se formuló declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto
consistente en la construcción de la instalación solar fotovoltaica (en adelante ISF) “Ardila” y
su infraestructura de evacuación, a ejecutar en el término municipal de Fregenal de la Sierra
(Badajoz), siendo su promotor Furatena Solar 1, SLU.
Segundo. El proyecto se evaluó mediante procedimiento ordinario en cumplimiento del
artículo 62 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercero. El objeto del proyecto consistía en la construcción de una instalación solar fotovoltaica
y su infraestructura de evacuación denominada “Ardila”, con una potencia pico de 49,982
MWp, pasando a 49, 87 MWp tras el cambio del tipo de módulos, en el polígono 52, parcelas
59, 60, 61, 62, 63, 64, 77, 78, 90 y 92, polígono 53, parcelas 12, 21, 47, 49 y 81 y polígono
9 parcelas 12 y 67 del término municipal de Fregenal de la Sierra.
Cuarto. Con fecha 1 de septiembre de 2021, el promotor remite a la Dirección General de
Sostenibilidad la documentación relativa a la modificación del proyecto en cuestión, dándose
así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Con fecha 3 de septiembre de 2021, la Dirección General de Industria Energía y Mina
remite a la Dirección General de Sostenibilidad la documentación relativa a la modificación del
proyecto en cuestión, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la tabla adjunta se recogen los organismos, entidades y personas interesadas consultados
durante esta fase, y si han emitido informe o formulado alegaciones en relación con la
modificación propuesta: