Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021063588)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021
57750
términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Octavo. Documentación.
1. S
in perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, a la solicitud se acompañará la siguiente
documentación:
a) Informe del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector o, en su caso,
del Departamento de Orientación, dependientes de la Administración educativa de la
Junta de Extremadura, según el modelo que figura como Anexo II para la Línea A, o
como Anexo III para la modalidad B o como Anexo IV para la modalidad C. En caso de
que el interesado no autorice y consienta expresamente a la Administración a recabarlo
de oficio, tal como se contempla en el Anexo I, deberá aportarlo junto al resto de la
documentación.
b) Declaración responsable del profesional que realizará la atención logopédica, la psicoterapia o el apoyo educativo domiciliario según modelo que figura en el anexo V de la
presente orden.
c) Certificación de la dirección del centro educativo donde el alumno realiza estudios en el
curso para el que se solicita la ayuda según modelo que figura como Anexo VI para la
Línea A o como Anexo VII para la Línea B. En caso de que el interesado no autorice y
consienta expresamente a la Administración a recabarlo de oficio, tal como se contempla en el Anexo I, deberá aportarlo junto al resto de la documentación.
d) Copia auténtica del Libro de Familia completo.
e) O
riginal o fotocopia compulsada del certificado de la Agencia Tributaria en el que se haga
constar que el/la profesional, centro, institución o gabinete que realizará la atención especializada, está dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), si no
prestase la autorización al órgano gestor para recabar dicho certificado que figura en el
Anexo V.
f) Presupuesto del coste de servicio, firmado por el profesional, centro, institución o gabinete que lo vaya a prestar.
g) Documento original de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, referido a la
cuenta bancaria en que desee que se le ingrese la ayuda, debiendo figurar el alumno
beneficiario de la ayuda como cotitular con el solicitante de la misma en el número de
cuenta que se relaciona en la documentación del alta de terceros. No obstante, en el
caso de encontrarse dado de alta, deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el Anexo I.
Martes 7 de diciembre de 2021
57750
términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Octavo. Documentación.
1. S
in perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, a la solicitud se acompañará la siguiente
documentación:
a) Informe del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector o, en su caso,
del Departamento de Orientación, dependientes de la Administración educativa de la
Junta de Extremadura, según el modelo que figura como Anexo II para la Línea A, o
como Anexo III para la modalidad B o como Anexo IV para la modalidad C. En caso de
que el interesado no autorice y consienta expresamente a la Administración a recabarlo
de oficio, tal como se contempla en el Anexo I, deberá aportarlo junto al resto de la
documentación.
b) Declaración responsable del profesional que realizará la atención logopédica, la psicoterapia o el apoyo educativo domiciliario según modelo que figura en el anexo V de la
presente orden.
c) Certificación de la dirección del centro educativo donde el alumno realiza estudios en el
curso para el que se solicita la ayuda según modelo que figura como Anexo VI para la
Línea A o como Anexo VII para la Línea B. En caso de que el interesado no autorice y
consienta expresamente a la Administración a recabarlo de oficio, tal como se contempla en el Anexo I, deberá aportarlo junto al resto de la documentación.
d) Copia auténtica del Libro de Familia completo.
e) O
riginal o fotocopia compulsada del certificado de la Agencia Tributaria en el que se haga
constar que el/la profesional, centro, institución o gabinete que realizará la atención especializada, está dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), si no
prestase la autorización al órgano gestor para recabar dicho certificado que figura en el
Anexo V.
f) Presupuesto del coste de servicio, firmado por el profesional, centro, institución o gabinete que lo vaya a prestar.
g) Documento original de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, referido a la
cuenta bancaria en que desee que se le ingrese la ayuda, debiendo figurar el alumno
beneficiario de la ayuda como cotitular con el solicitante de la misma en el número de
cuenta que se relaciona en la documentación del alta de terceros. No obstante, en el
caso de encontrarse dado de alta, deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el Anexo I.