Servicio Extremeño De Salud. Nombramientos. (2021063609)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se hace público el resultado final de la provisión de los puestos de trabajo, mediante el sistema de libre designación, de Jefatura de Servicio Medicina Física y Rehabilitación, de Jefatura de Servicio de Oftalmología y de Jefatura de Sección de Oftalmología del Área de Salud de Cáceres, convocado por Resolución de 27 de mayo de 2021.
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NÚMERO 232
57301
Jueves 2 de diciembre de 2021
Si el adjudicatario fuera de otro Área de Salud o de otro Servicio de Salud, éste cesará en su
plaza básica de origen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique en
el Diario Oficial de Extremadura la presente resolución, debiendo tomar posesión del puesto
adjudicado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese.
Tercero. De conformidad con la base décima de la convocatoria, el aspirante seleccionado
que provengan de otro Servicio de Salud, deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud antes de la terminación
de los plazos posesorios indicados en apartado anterior, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad indicados en la letra a) y b). Los aspirantes seleccionados que provengan del Servicio Extremeño de Salud, ya sea del mismo Área de Salud o de otro Área de
Salud solo deberán presentar el documento indicado en la letra b):
a) Certificado médico acreditativo de que poseen la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las funciones que se deriven del nombramiento. Este certificado deberá
expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado y en modelo oficial.
b) Declaración de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad y de no renuncia al
complemento específico del puesto, conforme al anexo VII de la Resolución de 27 de
mayo de 2021 (DOE n.º 106, de 4 de junio), salvo que sea de aplicación la disposición
transitoria segunda del Decreto 152/2006, de 31 de julio.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
que resulte competente según lo dispuesto en los artículos 8, 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No
obstante, con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el
Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 102 y 107 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero. Interpuesto el recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del mismo.
Mérida, 17 de noviembre de 2021.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO
57301
Jueves 2 de diciembre de 2021
Si el adjudicatario fuera de otro Área de Salud o de otro Servicio de Salud, éste cesará en su
plaza básica de origen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique en
el Diario Oficial de Extremadura la presente resolución, debiendo tomar posesión del puesto
adjudicado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese.
Tercero. De conformidad con la base décima de la convocatoria, el aspirante seleccionado
que provengan de otro Servicio de Salud, deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud antes de la terminación
de los plazos posesorios indicados en apartado anterior, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad indicados en la letra a) y b). Los aspirantes seleccionados que provengan del Servicio Extremeño de Salud, ya sea del mismo Área de Salud o de otro Área de
Salud solo deberán presentar el documento indicado en la letra b):
a) Certificado médico acreditativo de que poseen la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las funciones que se deriven del nombramiento. Este certificado deberá
expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado y en modelo oficial.
b) Declaración de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad y de no renuncia al
complemento específico del puesto, conforme al anexo VII de la Resolución de 27 de
mayo de 2021 (DOE n.º 106, de 4 de junio), salvo que sea de aplicación la disposición
transitoria segunda del Decreto 152/2006, de 31 de julio.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
que resulte competente según lo dispuesto en los artículos 8, 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No
obstante, con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el
Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 102 y 107 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero. Interpuesto el recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del mismo.
Mérida, 17 de noviembre de 2021.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO