Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021063626)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Arconte Solar, SL, para la instalación fotovoltaica "Carmonita III", ubicada en el término municipal de Mérida (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/07/17.
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NÚMERO 230
56880
Martes 30 de noviembre de 2021
celas 17, 9001, 11, 18, 4, 31, 2, 34, 30, 9004, 13, 9005; polígono 123, parcelas
4, 9006 y 3; polígono 9, parcelas 9001 y 9; polígono 10, parcelas 9003, 1, 2, 9006
y 6, en el término municipal de Mérida.
— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 28.984.355,88 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y
verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de
competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras
de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 18 de noviembre de 2021.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ
56880
Martes 30 de noviembre de 2021
celas 17, 9001, 11, 18, 4, 31, 2, 34, 30, 9004, 13, 9005; polígono 123, parcelas
4, 9006 y 3; polígono 9, parcelas 9001 y 9; polígono 10, parcelas 9003, 1, 2, 9006
y 6, en el término municipal de Mérida.
— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 28.984.355,88 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y
verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de
competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras
de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 18 de noviembre de 2021.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ