Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. (2021063534)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la celebración de pruebas libres que permitan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 230
Martes 30 de noviembre de 2021

56816

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de
Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Formación
para el Empleo, por la que se convoca la celebración de pruebas libres que
permitan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2021/2022. (2021063534)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, determina en su artículo 68.2 “Corresponde a las Administraciones educativas,
en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas
mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria. Además, las Administraciones educativas velarán por que se adopten
las medidas necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación por
razón de nacimiento, sexo, origen racial o étnico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o
creencias, orientación sexual o identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.”
Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, dispone en el artículo 124.1 que
“La oferta de educación para personas adultas incluirá enseñanzas dirigidas a la obtención de
certificaciones y titulaciones del sistema educativo, a la preparación de pruebas para el acceso
a diferentes etapas educativas y a la cualificación profesional”.
Las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para personas
adultas se regularán en sus aspectos de ordenación por lo establecido en el Real Decreto
1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación
Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, y por lo dispuesto en el Decreto 98/2016, de 5 de
julio establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en Extremadura.
El citado Decreto 98/2016, de 5 de julio, en su disposición adicional segunda, punto 6 establece que, “la Consejería competente en materia de educación regulará y organizará periódicamente las pruebas previstas en los artículos 68.2 y 69.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, que permiten al alumnado que cumpla los requisitos establecidos en la legislación
vigente la obtención directa de los títulos oficiales regulados por el presente decreto.”
Para el desarrollo de estas pruebas se tendrá en cuenta la estructura y organización de la
Educación Secundaria para personas adultas, establecida en la disposición adicional cuarta