Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2021063657)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al aumento y redistribución de anualiades de los créditos aprobados en relación con las ayudas convocadas mediante Resolución de 29 de diciembre de 2020 por la que se realiza convocatoria para 2020 de las ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental a las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (Modalidad III. Proyectos realizados por una empresa de base tecnológica).
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NÚMERO 230
Martes 30 de noviembre de 2021

56811

En el apartado quinto del extracto citado, que está referido a la financiación de las ayudas,
se decía lo siguiente:
“El crédito previsto para la financiación de las ayudas de la Modalidad III. Proyectos de
I+D realizados por una empresa de Base Tecnológica se imputará con cargo a la aplicación
presupuestaria 14002.331B.77000, código de Fondos FD14010201 y código de proyecto
de gasto: 20170239 “Acciones de fomento de proyectos de investigación en las empresas”.
Su importe y la distribución por anualidades será la siguiente:


Ejercicio corriente de 2020: 0,00€



Ejercicio posterior de 2021: 700.000,00€



Ejercicio posterior de 2022: 300.000,00€



Total convocatoria: 1.000.000,00€.

Se cofinanciará en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con cargo
al Programa Operativo correspondiente al periodo de programación 2014-2020, dentro
del Objetivo Temático OT1, Prioridad de Inversión PI(0102-1b) y en el Objetivo Específico
OE1.2.1..”
Las ayudas solicitadas en la convocatoria de 2020 se resolverán a finales del presente ejercicio
de 2021. Los proyectos que han concurrido a la convocatoria tienen, generalmente, un período
de ejecución de más de doce meses. En consecuencia, aquellos proyectos cuya ejecución
no se haya iniciado con posterioridad a la solicitud y antes de que se dicte resolución de
concesión, no estarán finalizados hasta muy avanzado el ejercicio de 2022 o hasta el ejercicio
de 2023, por lo que el pago correspondiente a la liquidación del expediente se realizará muy
probablemente y en la mayor parte de los proyectos que resulten subvencionados, durante
el ejercicio de 2023.
Por otra parte, el importe de la subvención solicitada por las empresas (calculada sobre la
inversión subvencionable y la categoría de investigación y/o desarrollo de los proyectos) supera
ampliamente el importe del crédito aprobado para la modalidad de ayuda. Especialmente en lo
que se refiere a la categoría de investigación industrial. Por ello y con fundamento en el artículo
23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (LSCAEX), cabe la posibilidad de aumentar el crédito total aprobado para la
convocatoria hasta en 1.600.000,00€ (correspondiente al 20% del crédito total aprobado).
En virtud de lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en las convocatorias