Ayuntamiento De Badajoz. Planeamiento. (2021081503)
Anuncio de 5 de noviembre de 2021 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de ordenación detallada n.º 1/2020, del Plan General Municipal.
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NÚMERO 230
Martes 30 de noviembre de 2021

56898

AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
ANUNCIO de 5 de noviembre de 2021 sobre aprobación definitiva de la
modificación puntual de ordenación detallada n.º 1/2020, del Plan General
Municipal. (2021081503)
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en sesión celebrada con fecha 31 de mayo
de 2021, adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual de ordenación
detallada n.º 1/2020, del Plan General Municipal de Badajoz, cuyo objeto es la regulación e
implantación de usos de equipamiento privado, redactada por el Servicio Técnico Municipal de
Planeamiento, Gestión y Catastro.
Habiéndose procedido con fecha 4 de noviembre de 2021 y con n.º BA/075/2021 al depósito
de la citada modificación puntual en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Consejería Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este Excmo.
Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 y 49 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo137 del Decreto 7/2007, de
23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
Asimismo, de acuerdo con el citado artículo 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, se publica el contenido completo
de la modificación como anexo I.
Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.