Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura (cicytex). Pruebas Selectivas. (2021063617)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Presidencia, por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación con carácter temporal de un Investigador/a con grado de Doctor para el desarrollo de una línea de investigación en materia de sostenibilidad de explotaciones porcinas.
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NÚMERO 229

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Lunes 29 de noviembre de 2021

4. El personal investigador contratado no podrá celebrar contratos de trabajo con otras entidades, salvo autorización expresa de CICYTEX, y sin perjuicio del respeto a la normativa
sobre incompatibilidades del personal.
El contrato podrá extinguirse por desistimiento del CICYTEX, ante la falta de superación de las
evaluaciones de los objetivos consignados en el contrato de trabajo. Este desistimiento deberá
ser comunicado por escrito con un preaviso de tres meses. En el supuesto de incumplimiento
total o parcial del preaviso, el personal investigador contratado tendrá derecho a una indemnización equivalente a los salarios correspondiente a la duración del periodo incumplido.
En caso de desistimiento del CICYTEX, el personal investigador contratado tendrá derecho
a percibir la indemnización prevista para el despido improcedente en el texto refundido de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de la que pudiera corresponderle por
incumplimiento total o parcial del preaviso.
5. Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador al centro de trabajo, la persona no tendrá derecho a percepción económica alguna.
Decimoprimera. Norma final.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo recurso de reposición, ante la Presidencia del CICYTEX, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura , conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa hasta que se
hay resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello
sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Guadajira, 19 de noviembre de 2021.
El Presidente del CICYTEX,
P.A.: Resol.28 de agosto 2019
(DOE n.º 177, de 13 de septiembre)
La Directora del CICYTEX,
CARMEN GONZÁLEZ RAMOS
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa