Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura (cicytex). Pruebas Selectivas. (2021063617)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Presidencia, por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación con carácter temporal de un Investigador/a con grado de Doctor para el desarrollo de una línea de investigación en materia de sostenibilidad de explotaciones porcinas.
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NÚMERO 229
Lunes 29 de noviembre de 2021
56122
3. En cualquier momento del desarrollo del proceso, el Tribunal de Selección podrá requerir a
las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
4. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones
de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia de la persona interesada.
El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho a la persona interesada.
5. De acuerdo con lo regulado en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres
y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto,
debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a
la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de
manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución
del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de
Selección y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación
de la lista de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal de Selección hará pública la relación de personas
aspirantes que hubieran superado la misma, con expresión de la puntuación obtenida, en
la página web de CICYTEX, disponiendo las personas interesadas de cinco días hábiles para
efectuar reclamaciones ante el mismo Tribunal, que no tendrán carácter de recurso.
2. Una vez resuelta la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará público, por el mismo
procedimiento dispuesto en el apartado anterior, la relación de personas aspirantes que
hayan superado esta fase con la puntuación obtenida, disponiendo los interesados de un
plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo Tribunal, que no
tendrán carácter de recurso.
3. L
a puntuación final del proceso selectivo será la suma de las puntuaciones obtenidas en
cada fase.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Lunes 29 de noviembre de 2021
56122
3. En cualquier momento del desarrollo del proceso, el Tribunal de Selección podrá requerir a
las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
4. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones
de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia de la persona interesada.
El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho a la persona interesada.
5. De acuerdo con lo regulado en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres
y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto,
debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a
la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de
manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución
del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de
Selección y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación
de la lista de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal de Selección hará pública la relación de personas
aspirantes que hubieran superado la misma, con expresión de la puntuación obtenida, en
la página web de CICYTEX, disponiendo las personas interesadas de cinco días hábiles para
efectuar reclamaciones ante el mismo Tribunal, que no tendrán carácter de recurso.
2. Una vez resuelta la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará público, por el mismo
procedimiento dispuesto en el apartado anterior, la relación de personas aspirantes que
hayan superado esta fase con la puntuación obtenida, disponiendo los interesados de un
plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo Tribunal, que no
tendrán carácter de recurso.
3. L
a puntuación final del proceso selectivo será la suma de las puntuaciones obtenidas en
cada fase.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa