Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0083)
Acuerdo de 29 de julio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Navaconcejo.
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NÚMERO 229
Lunes 29 de noviembre de 2021

CAPÍTULO 6.7.

56287

REDES DE TELECOMUNICACIONES.

Artículo 6.7.1.1

NORMATIVA DE APLICACIÓN. [E]

Deberán ajustarse a lo establecido por la LEY 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Quedarán regulados por dicha Ley los siguientes aspectos:
1.

Derecho de los operadores a la ocupación del dominio público y normativa aplicable.

2.

Uso compartido de la propiedad pública.

3.

Instalaciones radioeléctricas.

4.

Redes públicas de comunicaciones electrónicas en los instrumentos de planificación urbanística:
Características de las Infraestructuras.

5.

Infraestructuras de telecomunicaciones en los edificios.

CAPÍTULO 6.8.

RED DE GAS

Artículo 6.8.1.1

DISPOSICIÓN DE LAS CONDUCCIONES DE GAS. [D]

1.

Las tuberías de gas se dispondrán siempre por encima de cualquier servicio canalizado,
preferentemente lejos de las arquetas y lo más retirado posible de las canalizaciones eléctricas.

2.

La profundidad será como mínimo de 60 centímetros, medida desde su generatriz superior, y deberá
permitir el desagüe a la red de alcantarillado.

3.

La separación entre las tuberías de gas y otras canalizaciones subterráneas se ajustará a lo recogido
en el siguiente cuadro.