Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063622)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 3 de modificación y prórroga del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en la Plataforma Logística del Suroeste Europeo, primera fase de Badajoz.
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NÚMERO 228

55992

Viernes 26 de noviembre de 2021

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por
la que se da publicidad a la Adenda n.º 3 de modificación y prórroga del
Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la
redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva
terminal ferroviaria de mercancías intermodal en la Plataforma Logística del
Suroeste Europeo, primera fase de Badajoz. (2021063622)
Habiéndose firmado el día 10 de noviembre de 2021, la Adenda n.º 3 de modificación y
prórroga del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías
intermodal en la Plataforma Logística del Suroeste Europeo, primera fase de Badajoz, de
conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por
el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la adenda que figura como anexo de la
presente resolución.
Mérida, 22 de noviembre de 2021.
La Secretaria General.
P.A. Resolución de 01/03/2021,
DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y
Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN