Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2021063468)
Resolución de 10 de noviembre de 2021, de la Gerencia, por la que se anuncia convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la plantilla de personal laboral de Administración y Servicios.
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NÚMERO 228
Viernes 26 de noviembre de 2021

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Quinta. Valoración de los méritos.
5.1. L
 a valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo ofertados se
efectuará de acuerdo con el baremo que se reseña en el anexo IV, con el detalle de la
puntuación en cada apartado de los méritos que se pueden aportar, y, en su caso, la normalización de los méritos en los apartados pertinentes, obteniendo el puesto convocado
aquel solicitante que resulte con mayor puntuación total.
5.2. S
 i dos o más candidatos obtuvieran la misma puntuación total, se adjudicaría el puesto al
candidato con mayor antigüedad en la especialidad. De persistir el empate se atendería
a la antigüedad en la Universidad de Extremadura y, si continuara el empate prevalecerá
el que tenga mayor grado de titulación académica.
Sexta. Comisión de Valoración.
6.1. L
 a Comisión de Valoración de este concurso, aprobada por el Rector de la Universidad
de Extremadura, es la que figura como anexo V a la presente resolución, referidas a los
puestos que igualmente se indican.
6.2. E
 l procedimiento de actuación de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en
el capítulo II, la sección 3ª, subsección 1ª, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Convenio Colectivo y demás disposiciones vigentes.
6.3. L
 os miembros de la comisión deberán abstenerse de intervenir, comunicándolo a la Gerencia de la Universidad, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando se den en ellos los
motivos y circunstancias previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. El Presidente deberá solicitar de los miembros
del órgano de selección declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en la citada Ley 40/2015.
6.4. C
 on anterioridad al inicio del concurso de méritos, la autoridad que convoca publicará la
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros de la Comisión de Valoración,
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas
previstas en la base 6.3, en el tablón de anuncios del Rectorado de las dos divisiones del
Campus Universitario, así como en los Centros Universitarios de Mérida y Plasencia, y en
la página web del Área de Recursos Humanos.
6.5. P
 revia convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión de Valoración del concurso
de méritos con la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros, siendo necesaria la
asistencia obligada del Presidente y el Secretario.