Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2021050196)
Orden de 19 de noviembre de 2021 por la que se regula el programa de acompañamiento hacia el empleo estable de personas jóvenes tituladas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación.
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NÚMERO 228
Viernes 26 de noviembre de 2021

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na física o de la persona que ostente la representación legal en el caso en que la entidad
solicitante sea una persona jurídica, manifestados en el anexo de solicitud de la ayuda, en
virtud de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
5. E
 n virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados no tendrán
que aportar aquellos documentos necesarios en el procedimiento, que ya obren en poder
de la Administración, debiendo cumplimentar el correspondiente apartado del formulario
solicitud, indicando, en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó tales documentos.
Artículo 19. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
1. L
 as solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y durante el periodo de vigencia que se establezca en la misma, que no será inferior
a un mes ni superior a un año, contados a partir del día siguiente al que se publique en
el Diario Oficial de Extremadura la convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo
previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. D
 urante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de
la contratación.
3. L
 a convocatoria podrá habilitar un plazo extraordinario para la presentación de solicitudes
relativas a contrataciones anteriores al plazo de vigencia la convocatoria y que no hayan
sido objeto de solicitud.
4. L
 a presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido, dará lugar a la inadmisión
de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
 as solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación establecida en
el artículo anterior, se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán a
la Consejería con competencias en materia de empleo.
La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá ser consultada
a través del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura que se encuentra ubicado en la
dirección de internet: http://ciudadano.juntaex.es.