Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Comercial. Ferias. Ayudas. (2021063584)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora.
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NÚMERO 227
Jueves 25 de noviembre de 2021
55673
efectuada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 3 del citado decreto, el procedimiento de concesión
de las ayudas se realizará en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 8/2019, de
5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el
procedimiento se inicia de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de
la Secretaría General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo anteriormente expuesto y en base a la propuesta emitida por el Secretario General
de Economía y Comercio de fecha 28 de octubre de 2021 por la que se propone efectuar la
convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de este tipo de ayudas,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2022 de las
líneas de ayudas siguientes:
— La línea de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña.
— La línea de transformación digital de la empresa exportadora.
Las bases reguladoras de dichas ayudas se establecen en el Decreto 89/2021, de 21 de julio,
por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora (DOE núm. 153, de 10
de agosto de 2021).
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios los que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del citado decreto.
En la línea de transformación digital de la empresa exportadora, podrán ser beneficiarios de
las ayudas reguladas en esta línea, los que además de cumplir con los requisitos establecidos
en el artículo 2 del decreto, tengan la consideración de empresa exportadora regular de conformidad con lo establecido en el artículo 4.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Jueves 25 de noviembre de 2021
55673
efectuada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 3 del citado decreto, el procedimiento de concesión
de las ayudas se realizará en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 8/2019, de
5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el
procedimiento se inicia de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de
la Secretaría General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo anteriormente expuesto y en base a la propuesta emitida por el Secretario General
de Economía y Comercio de fecha 28 de octubre de 2021 por la que se propone efectuar la
convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de este tipo de ayudas,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2022 de las
líneas de ayudas siguientes:
— La línea de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña.
— La línea de transformación digital de la empresa exportadora.
Las bases reguladoras de dichas ayudas se establecen en el Decreto 89/2021, de 21 de julio,
por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora (DOE núm. 153, de 10
de agosto de 2021).
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios los que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del citado decreto.
En la línea de transformación digital de la empresa exportadora, podrán ser beneficiarios de
las ayudas reguladas en esta línea, los que además de cumplir con los requisitos establecidos
en el artículo 2 del decreto, tengan la consideración de empresa exportadora regular de conformidad con lo establecido en el artículo 4.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa