Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063119)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Gebidexsa, SAU, para el ciclo formativo de grado superior en Dirección de Cocina de la Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de Extremadura en Mérida.
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NÚMERO 205
Lunes, 25 de octubre de 2021
50112
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS
DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO
ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y GEBIDEXSA,
SAU, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN
DIRECCIÓN DE COCINA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE HOSTELERÍA
Y AGROTURISMO DE EXTREMADURA EN MÉRIDA.
Mérida, 4 de octubre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación
efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223,
de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Gebidexsa, SAU, con CIF A06459341 y domicilio en c/ Benito Arias
Montano, núm. 1, código postal 06800 Mérida, Badajoz, con teléfono de contacto _____,
correo electrónico __________ y Don Pedro Álvarez Palomino, como director gerente y
representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que
representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las Administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las
empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones
para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado
2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo,
el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
Lunes, 25 de octubre de 2021
50112
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS
DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO
ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y GEBIDEXSA,
SAU, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN
DIRECCIÓN DE COCINA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE HOSTELERÍA
Y AGROTURISMO DE EXTREMADURA EN MÉRIDA.
Mérida, 4 de octubre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación
efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223,
de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Gebidexsa, SAU, con CIF A06459341 y domicilio en c/ Benito Arias
Montano, núm. 1, código postal 06800 Mérida, Badajoz, con teléfono de contacto _____,
correo electrónico __________ y Don Pedro Álvarez Palomino, como director gerente y
representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que
representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las Administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las
empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones
para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado
2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo,
el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.