Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063043)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de modificación de la Resolución de 9 de septiembre de 2021 de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II y IV. (DOE de 6 de mayo de 2021, núm. 85).
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NÚMERO 199
Viernes, 15 de octubre de 2021

49196

RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2021, de la Dirección General de Planificación
y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de modificación de la Resolución
de 9 de septiembre de 2021 de concesión de ayudas solicitadas al amparo del
Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del
empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II y
IV. (DOE de 6 de mayo de 2021, núm. 85). (2021063043)
Visto el expediente Remesa 01/2021 TE, y en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por Resolución de 9 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Planificación
y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, se concedió a las personas trabajadoras autónomas relacionadas en el anexo adjunto a dicha resolución, con expresión de la cuantía y
persona beneficiaria, subvenciones por un importe total de 2.000.000,00 euros para un total
de 265 personas beneficiarias.
Segundo. En dicha relación de beneficiarios estaba incluido el expediente FA-21-0653, correspondiente a la persona beneficiaria María Ángeles Rodríguez Acosta, con NIF ***9879**,
a quien se le había concedido una subvención de 9.000,00 euros.
Tercero. No obstante lo anterior, el pasado 24 de agosto de 2021, la persona beneficiaria
María Ángeles Rodríguez Agosta. con NIF ***9879** y Expte. FA-21-0653, formuló desistimiento de su solicitud. Hecho que no fue tenido en cuenta a la hora de dictarse la resolución,
por haber llegado tal desistimiento a conocimiento del órgano competente para resolver con
posterioridad.
El pasado 17 de septiembre de 2021 se formuló la correspondiente resolución de desistimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde al Director
Gerente del Servicio Extremeño Público de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo
11.1 del Decreto 29/2021, de 21 de abril. Dicha competencia se ejerce a través del titular de
la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo conforme a
lo establecido en el apartado Primero de la Resolución de la Secretaría General de Empleo de
29 de noviembre de 2019 (DOE núm. 240 de 16 de diciembre de 2019).