Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063054)
Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara para subvencionar en el ejercicio 2021 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil de dicha localidad.
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NÚMERO 199
Viernes, 15 de octubre de 2021

49086

Los profesionales de la escuela infantil deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos en la normativa vigente para la atención socio-educativa a niños/niñas menores de tres
años.
En la ejecución del programa, el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara tendrá en cuenta
lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
Sexta. Recaudación del ayuntamiento a las familias de los usuarios.
Las cantidades a recaudar por el Ayuntamiento a las familias de los usuarios del servicio serán fijadas por el mismo, tomando como referencia los criterios establecidos en la normativa
vigente de la Junta de Extremadura en materia de precios públicos ((Resolución de 10 de
febrero de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas
actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021), teniendo en cuenta el Decreto 98/2000, de 2 de mayo de exenciones y
reducciones, modificado por el Decreto 329/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan
las ayudas económicas a las familias residentes en Extremadura, como medida de conciliación
de la vida familiar y laboral).
Séptima. Obligaciones.
1. El Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara se compromete a cumplir lo dispuesto en el
Decreto 39/2012, de 16 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del
alumnado de primer ciclo de Educación infantil en centros de educación infantil dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, el Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el que
se establece el currículo de la Educación Infantil para la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden de 16 de mayo de 2008, por la que se establecen determinados aspectos
relativos a la ordenación e implantación de las enseñanzas de Educación Infantil, reguladas
por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Entre las obligaciones del Ayuntamiento se encuentra la de mantener en perfecto estado
las instalaciones y equipamiento de la escuela infantil donde ha de llevarse a cabo el programa, efectuando las reparaciones que sean necesarias. Asimismo deberá cumplir con lo
dispuesto en el Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de
los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
3. Correrá también por cuenta del Ayuntamiento, la totalidad de los gastos que se deriven
tanto del mantenimiento del centro como de la gestión y desarrollo del convenio. Asimismo,