Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063006)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de concesión de aguas para riego de 40,2 ha, en la finca La Garza", en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA19/0272.
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NÚMERO 197
48810
Miércoles, 13 de octubre de 2021
La autorización administrativa de la concesión de aguas, así como las actuaciones
en Dominio Público Hidráulico, corresponden a la Confederación Hidrográfica del
Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación
de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias
propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las
actuaciones en materia de regadíos.
A.2. Localización y descripción del proyecto.
La finca sobre la que se pretende realizar la actividad, se corresponde con parte de las
siguientes parcelas del término municipal de Oliva de Mérida:
T.M.
POLÍGONO PARCELA
OLIVA DE
MÉRIDA
RECINTO
SUP.
RECINTO
(ha)
SUP.
CULTIVO
(ha)
SUP.
NO ACTUACIÓN
(ha)
24
7
5
1,1006
0,5171
0,5835
24
7
10
19,9441
17,7849
2,1592
24
7
12
9,4485
8,8145
0,6340
24
7
13
6,4500
5,3834
1,0666
24
7
14
9,0334
6,8204
2,2130
26
1
21
0,1348
0,1348
0,0000
26
2
1
0,1629
0,1629
0,0000
26
2
2
0,6957
0,5886
0,1071
TOTAL
46,9700
40,2067
6,7633
% SUPERFICIE DE NO ACTUACIÓN CON RESPECTO DEL TOTAL
14,40%
48810
Miércoles, 13 de octubre de 2021
La autorización administrativa de la concesión de aguas, así como las actuaciones
en Dominio Público Hidráulico, corresponden a la Confederación Hidrográfica del
Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación
de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias
propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las
actuaciones en materia de regadíos.
A.2. Localización y descripción del proyecto.
La finca sobre la que se pretende realizar la actividad, se corresponde con parte de las
siguientes parcelas del término municipal de Oliva de Mérida:
T.M.
POLÍGONO PARCELA
OLIVA DE
MÉRIDA
RECINTO
SUP.
RECINTO
(ha)
SUP.
CULTIVO
(ha)
SUP.
NO ACTUACIÓN
(ha)
24
7
5
1,1006
0,5171
0,5835
24
7
10
19,9441
17,7849
2,1592
24
7
12
9,4485
8,8145
0,6340
24
7
13
6,4500
5,3834
1,0666
24
7
14
9,0334
6,8204
2,2130
26
1
21
0,1348
0,1348
0,0000
26
2
1
0,1629
0,1629
0,0000
26
2
2
0,6957
0,5886
0,1071
TOTAL
46,9700
40,2067
6,7633
% SUPERFICIE DE NO ACTUACIÓN CON RESPECTO DEL TOTAL
14,40%