Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021063018)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz para la contratación a tiempo parcial de una Psicóloga para la mejora del Servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Ciudad de Badajoz en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
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NÚMERO 197
Miércoles, 13 de octubre de 2021
48793
RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión
de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Instituto Municipal
de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz para la contratación a
tiempo parcial de una Psicóloga para la mejora del Servicio del Punto de
Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Ciudad
de Badajoz en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
(2021063018)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 28 de mayo de 2021, D. Antonio Cavacasillas Rodríguez, con DNI
***7306**, en calidad de representante legal del Instituto Municipal de Servicios Sociales
del Ayuntamiento de Badajoz, con CIF P5601504C y domicilio en la calle San Lorenzo, 25 de
Badajoz, presenta a la Consejería de Igualdad y Portavocía solicitud de concesión de una subvención directa para la Contratación a tiempo parcial para la mejora del Servicio del Punto de
Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Ciudad de Badajoz, en
el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Segundo. Con fecha 31 de mayo de 2021, se le realizó requerimiento para que en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsanase
lo requerido.
Tercero. En el expediente administrativo obra la siguiente documentación:
— Proyecto a desarrollar por la entidad solicitante.
— Desglose del presupuesto del proyecto que se incorpora a esta resolución como anexo.
— Certificado de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones dispuestas en el artículo
12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para obtener la condición de beneficiaria de ayudas públicas.
— Certificado de que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos, aceptando las
condiciones establecidas en la normativa vigente aplicable a esta subvención.
— Certificados acreditativos de hallarse al corriente con las obligaciones de la entidad
solicitante con la Seguridad Social, la Hacienda autonómica y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
— Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
— Copia del DNI del representante de la entidad.
Miércoles, 13 de octubre de 2021
48793
RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión
de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Instituto Municipal
de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz para la contratación a
tiempo parcial de una Psicóloga para la mejora del Servicio del Punto de
Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Ciudad
de Badajoz en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
(2021063018)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 28 de mayo de 2021, D. Antonio Cavacasillas Rodríguez, con DNI
***7306**, en calidad de representante legal del Instituto Municipal de Servicios Sociales
del Ayuntamiento de Badajoz, con CIF P5601504C y domicilio en la calle San Lorenzo, 25 de
Badajoz, presenta a la Consejería de Igualdad y Portavocía solicitud de concesión de una subvención directa para la Contratación a tiempo parcial para la mejora del Servicio del Punto de
Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Ciudad de Badajoz, en
el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Segundo. Con fecha 31 de mayo de 2021, se le realizó requerimiento para que en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsanase
lo requerido.
Tercero. En el expediente administrativo obra la siguiente documentación:
— Proyecto a desarrollar por la entidad solicitante.
— Desglose del presupuesto del proyecto que se incorpora a esta resolución como anexo.
— Certificado de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones dispuestas en el artículo
12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para obtener la condición de beneficiaria de ayudas públicas.
— Certificado de que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos, aceptando las
condiciones establecidas en la normativa vigente aplicable a esta subvención.
— Certificados acreditativos de hallarse al corriente con las obligaciones de la entidad
solicitante con la Seguridad Social, la Hacienda autonómica y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
— Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
— Copia del DNI del representante de la entidad.