Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021063015)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres para la contratación a tiempo parcial de un/a Psicólogo/a para la mejora del Servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la ciudad de Cáceres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
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NÚMERO 197
Miércoles, 13 de octubre de 2021

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A este respecto, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa,
sin convocatoria previa y con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se
acredite razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En consecuencia con ello, el artículo 32.1.a) de esta ley considera que será supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines
de lucro.
A su vez, el artículo 32.2 del mismo texto legal determina que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican
su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la Consejería.
En cuanto a la acreditación de estos requisitos, los Puntos de Atención Psicológica constituyen
el dispositivo de entrada al resto de los servicios de atención especializada de la red. Son los
dispositivos encargados de recibir todas las demandas de los servicios de urgencias y de los
servicios comunitarios para, una vez realizada la valoración y el diagnóstico, decidir el tipo de
intervención y, en su caso, derivar al dispositivo adecuado.
Los Puntos de Atención Psicológica elaboran, conjuntamente con la mujer, un programa de
atención individualizado siguiendo un protocolo estructurado de asesoramiento, de terapia
individual y/o grupal. Al finalizar la intervención se programa un seguimiento periódico programando diferentes sesiones a lo largo del tiempo.
La demanda reflejada en el número de mujeres atendidas sirve de indicador al grado de conocimiento sobre el servicio que tiene la población y los servicios que derivan a la atención de
los Puntos de Atención Psicológica, con un servicio consolidándose y una población objetivo en
incremento lo que da una idea de la demanda y la necesidad de dicho servicio. Ese incremento
motiva la necesidad de una mejora de dichos Puntos de Atención Psicológica, justificando con
ello la excepcionalidad preceptuada en la ley para la concesión directa de la presente subvención dada la especial naturaleza de la actividad a subvencionar.
Además, combatir cualquier forma de violencia contra las mujeres, tanto en la vida pública
como en la vida privada, es una prioridad de la Junta de Extremadura, que se alinea con los
compromisos asumidos por España en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015,
en concreto, con el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 5, “Lograr la igualdad de género
y empoderar a todas las mujeres y a las niñas”.