Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021063008)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Ayuntamiento de Don Benito para la contratación de un/a Psicólogo/a para la mejora del servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la ciudad de Don Benito en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 197
Miércoles, 13 de octubre de 2021

48745

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA
RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión
de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Ayuntamiento de Don
Benito para la contratación de un/a Psicólogo/a para la mejora del servicio
del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género
de la ciudad de Don Benito en el marco del Pacto de Estado contra la violencia
de género. (2021063008)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 7 de junio de 2021, D. José Luis Quintana Álvarez, con DNI ***6335**,
en calidad de representante legal Ayuntamiento de Don Benito, con CIF P0604400B y domicilio en la Plaza de España, 1 de Don Benito, presenta a la Consejería de Igualdad y Portavocía
solicitud de concesión de una subvención directa para la contratación de un/a psicólogo/a
para la mejora del Servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia
de Género de la Ciudad de Don Benito, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de
género.
Segundo. Con fecha 11 de junio de 2021, se le realizó requerimiento para que, en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsanase
lo requerido.
Tercero. En el expediente administrativo obra la siguiente documentación:
— Proyecto a desarrollar por la entidad solicitante.
— Desglose del presupuesto del proyecto que se incorpora a esta resolución como anexo.
— Certificado del Secretario de la entidad solicitante de haber solicitado y recibido subvención para el mismo fin, indicando el montante total al que se asciende la suma de las
ayudas solicitadas.
— Certificado de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones dispuestas en el artículo
12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para obtener la condición de beneficiaria de ayudas públicas.
— Certificado de que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos, aceptando las
condiciones establecidas en la normativa vigente aplicable a esta subvención.