Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062995)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Sustitución LSMT de CD 46506 "Conde.Montijo" a CD 71618 "Teatro Montijo", en el término municipal de Montijo (Badajoz)". Expte.: 06/AT-1788/18066.
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NÚMERO 196
48639
Lunes, 11 de octubre de 2021
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés
general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración
inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de
la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un mes, conforme
a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 28 de septiembre de 2021.
El Jefe del Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO
48639
Lunes, 11 de octubre de 2021
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés
general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración
inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de
la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un mes, conforme
a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 28 de septiembre de 2021.
El Jefe del Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO