Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062993)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Transformación a regadío de 14,52 hectáreas de viñedo y olivar en el paraje Gamonales", en el término municipal de Santa Marta (Badajoz). Expte.: IA19/0095.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021



48612

— Tuberías de conducción en PVC (en algún tramo, por dureza del terreno, se sustituye por PE):



–L
 as tuberías de conducción se proyectan en PVC de diámetro de 90 y 75 mm y
6 atm de presión de servicio, de las que, mediante collarines de toma o T, pasa
el agua a través de los cabezales (siempre provistos de válvula y reguladores
de presión en los puntos que lo requieran), a las tuberías secundarias.



–L
 as tuberías secundarias se proyectan en PVC de diámetro de 63 y 6 atm y
tuberías de presión de servicio de PE/6atm baja densidad, en diámetros de 50
mm, de estas y mediante tomas de ramal (las tomas de ramal se colocarán
una para cada tubería terciaria, por lo que no se colocarán T en las salidas),
pasa el agua a las tuberías terciarias. Los finales de las secundarias se sacarán
al exterior (siempre tapadas en la línea del viñedo y olivar) para facilitar su
limpieza mediante un tapón. Cuando bordeen caminos, se alojarán una o dos
calles retiradas de este.



— Tuberías secundarias en PE.



— Como terciarias o portagoteros, se utilizarán tuberías con gotero integrado autocompensante con diámetros de 16 mm. De 1,6 l/h en los sectores S1, S3 y S4 de
viñedo y en el caso del olivar en el sector S2 se utilizarán goteros de 2,2 l/h.




La superficie de no actuación en la parcela a transformar consiste en
— La zona de retranqueo de 5 metros desde la lámina de agua de la balsa de regulación que se construirá en la parcela.



— Padrones que facilitan las labores de trabajo.



— En la parcela 189 existe una pequeña masa de pasto arbustivo que se mantendrá.

B) Resumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.


Según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la DGS, como órgano
ambiental, realizó la información pública del EsIA mediante anuncio que se publicó en
el DOE n.º 181, de 29 de septiembre de 2020.