Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062993)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Transformación a regadío de 14,52 hectáreas de viñedo y olivar en el paraje Gamonales", en el término municipal de Santa Marta (Badajoz). Expte.: IA19/0095.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021

48608

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto "Transformación a regadío de 14,52 hectáreas de viñedo y olivar
en el paraje Gamonales", en el término municipal de Santa Marta (Badajoz).
Expte.: IA19/0095. (2021062993)
El proyecto de referencia pertenece al Grupo 1. “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura” epígrafe a) “Proyectos para destinar áreas incultas o áreas seminaturales, incluyendo
superficies que no se hayan cultivado en los últimos 15 años, a la explotación agrícola o aprovechamiento forestal maderero que impliquen la ocupación de una superficie mayor de 50 ha
o de 10 ha en caso que se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad ” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d)
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por el promotor.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.


El promotor del proyecto “Transformación a regadío de 14,52 hectáreas de viñedo y
olivar en el paraje Gamonales” es D. Antonio Picón Hernández, con domicilio en Santa
Marta (Badajoz).



La autorización administrativa de la concesión de aguas, así como las actuaciones
en Dominio Público Hidráulico, corresponden a la Confederación Hidrográfica del
Guadiana.