Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021063031)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al incremento del crédito de la convocatoria para el ejercicio 2019/2020 de las ayudas del Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (OE.4.3.1.), contempladas en la Orden de 16 de abril de 2019.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021
48584
Con fecha 7 de mayo de 2021, se publica en el Diario Oficial de Extremadura n.º 86 la Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito de la
convocatoria para el ejercicio 2019/2020 de las ayudas del Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (OE.4.3.1.), contempladas en la Orden de 16 de
abril de 2019, quedando el artículo 8, apartado 1, letra b.1), redactado de la siguiente forma:
“b.1 En el caso del Objetivo Específico “OE.4.3.1. Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos”, se destinará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: Centro Gestor:
160020000, Posición Presupuestaria: G/261A/78900, Fondo: FD14040301, Proyecto de
gasto: 20190042 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad de 12.520.000,00 euros para el 2020, 3.083.457,72 euros para el 2021 ,
6.165.523,92 euros para el 2022 y 11.364.518,36 para el 2023.”
El crédito existente es insuficiente para atender a todas las solicitudes que se han presentado
hasta la fecha.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria, exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que
corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos
totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un nuevo anuncio de ampliación de los
créditos previstos en el artículo 8, apartado 1, letra b.1) de la orden de convocatoria correspondiente a la aplicación presupuestaria: 16002/261A/78900, Fuente de Financiación: FD,
proyecto: 20190042, en la cuantía de 2.600.000,00 € para el 2023 de manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes a las ayudas serán los siguientes, quedando el
artículo 8, apartado 1, letra b.1, de la Orden de 16 de abril de 2019 redactado de la siguiente
forma:
“b.1 En el caso del Objetivo Específico “OE.4.3.1. Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos”, se
destinará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 16002/261A/78900, Fuente
de Financiación: FD, Proyecto de gasto: 20190042 de los presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad de 12.520.000,00 euros para el 2020,
3.083.457,72 euros para el 2021, 6.165.523,92 euros para el 2022 y 13.964.518,36 €
para el 2023.”
Lunes, 11 de octubre de 2021
48584
Con fecha 7 de mayo de 2021, se publica en el Diario Oficial de Extremadura n.º 86 la Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito de la
convocatoria para el ejercicio 2019/2020 de las ayudas del Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (OE.4.3.1.), contempladas en la Orden de 16 de
abril de 2019, quedando el artículo 8, apartado 1, letra b.1), redactado de la siguiente forma:
“b.1 En el caso del Objetivo Específico “OE.4.3.1. Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos”, se destinará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: Centro Gestor:
160020000, Posición Presupuestaria: G/261A/78900, Fondo: FD14040301, Proyecto de
gasto: 20190042 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad de 12.520.000,00 euros para el 2020, 3.083.457,72 euros para el 2021 ,
6.165.523,92 euros para el 2022 y 11.364.518,36 para el 2023.”
El crédito existente es insuficiente para atender a todas las solicitudes que se han presentado
hasta la fecha.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria, exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que
corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos
totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un nuevo anuncio de ampliación de los
créditos previstos en el artículo 8, apartado 1, letra b.1) de la orden de convocatoria correspondiente a la aplicación presupuestaria: 16002/261A/78900, Fuente de Financiación: FD,
proyecto: 20190042, en la cuantía de 2.600.000,00 € para el 2023 de manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes a las ayudas serán los siguientes, quedando el
artículo 8, apartado 1, letra b.1, de la Orden de 16 de abril de 2019 redactado de la siguiente
forma:
“b.1 En el caso del Objetivo Específico “OE.4.3.1. Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos”, se
destinará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 16002/261A/78900, Fuente
de Financiación: FD, Proyecto de gasto: 20190042 de los presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad de 12.520.000,00 euros para el 2020,
3.083.457,72 euros para el 2021, 6.165.523,92 euros para el 2022 y 13.964.518,36 €
para el 2023.”