Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062982)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4 del PDSU de Robledillo de Gata.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021

48395

RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4
del PDSU de Robledillo de Gata. (2021062982)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha ley.
La modificación puntual n.º 4 del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Robledillo de
Gata se encuentra encuadrada en el artículo 49, letra f), apartado 1º de la Ley de Protección
Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe ambiental estratégico relativo a la modificación puntual n.º 4 del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Robledillo de Gata,
la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad.
1. Objeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual n.º 4 del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Robledillo
de Gata tiene por objeto la reclasificación de 30,05 m2, pertenecientes a la parcela con
referencia catastral 4968101QE1646N0001FZ, de Suelo No Urbanizable a Suelo Urbano.
El trazado del límite de Suelo Urbano del actual Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano
de Robledillo de Gata, divide la parcela mencionada anteriormente, en dos partes, una
clasificada como Suelo Urbano (26,70 m2) y otra como Suelo No Urbanizable (30,05 m2),
siendo el propósito de la Modificación Puntual, incluir la parcela de manera íntegra como
Suelo Urbano (56,75 m2).