Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Consejo Regional Del Pueblo Gitano. (2021050171)
Orden de 28 de septiembre de 2021 por la que se establecen las bases y se convoca el procedimiento de elección de las organizaciones del movimiento asociativo gitano que ocuparán las vocalías del Consejo Regional del Pueblo Gitano de Extremadura.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021

48078

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
La persona titular de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia
y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de
RESPONSABLE del

Extremadura.

Tratamiento

Dirección: C/ Antonio Rodríguez Moñino, n.º 2 -06800- Mérida (Badajoz).
Teléfono de contacto: 924006012
Dirección de correo electrónico: politica.social@salud-juntaex.es
El tratamiento de los datos se realiza con la finalidad de gestionar las
solicitudes presentadas a la presente orden, en virtud del Decreto 20/2016,

FINALIDAD del
Tratamiento

de 1 de marzo, crea el Consejo Regional del Pueblo Gitano de Extremadura
y regula su organización, composición y funcionamiento, como órgano
colegiado de participación social y asesoramiento en las políticas públicas
para el desarrollo y la promoción integral del pueblo gitano desde el respeto
a su identidad cultural.

LEGITIMACIÓN del

La base jurídica de la finalidad principal es el interés público o ejercicio de

Tratamiento

poderes públicos (artículo 6.1e) RGPD).
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad

TIEMPO QUE SE VAN

para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades

A MANTENER SUS

que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los

DATOS PERSONALES

datos. Será de esta aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y
documentos.
Otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el
previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma

DESTINATARIOS

de Derecho de la Unión Europea o una ley, que determine las cesiones
que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal,
aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las
excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.

TRANSFERENCIAS
internacionales de
datos

No están previstas transferencias internacionales de datos.