Juzgado De 1.ª Instancia E Instrucción N.º 1 De Cáceres. Notificaciones. (2021ED0114)
Edicto de 24 de febrero de 2021 sobre notificación de sentencia n.º 152/2020 dictada en procedimiento MHC n.º 725/2019.
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NÚMERO 194

48213

Jueves, 7 de octubre de 2021

SENTENCIA N.º 152/2020
Cáceres, 2 de diciembre de 2020.
Vistos por D. Guillermo Romero García-Mora, magistrado- juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Cáceres, los autos de Modificación de Medidas Definitivas seguidos bajo el número
725/19, promovidos por el Procurador de los Tribunales D. David Díaz Hurtado en representación
de D. Roberto Carlos Neila de la Osa con la asistencia de la Letrada Dña. Jana Álvarez Trevín
frente a D. Aarón Enrique Rincón López, en situación procesal de rebeldía, sobre modificación
de medidas definitivas.
FALLO
Que con estimación íntegra de la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D.
David Díaz Hurtado en representación de D. Roberto Carlos Neila de la Osa, debo acordar y
acuerdo modificar la medida definitiva de alimentos establecida mediante sentencia n.º 143/02
de 2/7/02 dictada por el JPI Cáceres-1 en los autos de menor cuantía n.º 268/00, y, en su lugar, declarar extinguida la pensión de alimentos a cargo del actor y a favor de su hijo D. Aarón
Enrique Rincón López.
No se impone condena al pago de costas a ninguna de las partes.
Líbrese testimonio de esta sentencia, el cual se llevará a los autos; dése razón quedando el original en el presente libro. Notifíquese.
Modo de Impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este
Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.
En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base
la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna
(artículo 458.2 LEC).
Así lo acuerda, manda y firma D. Guillermo Romero García- Mora, Magistrado-Juez titular del
Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Cáceres.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la dictó, estando
el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario
Judicial, doy fe.