Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062951)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "LSMT y LAMT a 22 kV para doble acometida y mejora de la calidad de suministro a la población de Zorita, en los términos municipales de Abertura, Campo Lugar, Alcollarín y Zorita (Cáceres)" y anexo a dicho proyecto. Expte.: AT-8914 y AT-8914-1.
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Zorita: 11/10/2016.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Campo Lugar: 11/10/2016.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Abertura: 12/10/2016.
48030
Anexo al Proyecto:
Diario Oficial de Extremadura: 11/09/2019.
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 11/09/2019.
Periódico Extremadura: 28/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Alcollarín: 27/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Zorita: 21/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Campo Lugar: 21/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Abertura: 20/08/2019.
— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera mediante
resolución.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa de construcción por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera
mediante resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de
producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su
Miércoles, 6 de octubre de 2021
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Zorita: 11/10/2016.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Campo Lugar: 11/10/2016.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Abertura: 12/10/2016.
48030
Anexo al Proyecto:
Diario Oficial de Extremadura: 11/09/2019.
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 11/09/2019.
Periódico Extremadura: 28/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Alcollarín: 27/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Zorita: 21/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Campo Lugar: 21/08/2019.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Abertura: 20/08/2019.
— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera mediante
resolución.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa de construcción por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera
mediante resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de
producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su