Presidencia De La Junta. Funcionarios De Administración Local. (2021062984)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de una relación de personas candidatas para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021

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6.3.2. Experiencia profesional (máximo 18 puntos): los servicios prestados se valorarán
por mes trabajado. En las certificaciones de servicios prestados, el tiempo que
aparezca expresado en años se transformará en meses (a razón de doce meses
por año) y el expresado en días se transformará en meses (a razón de treinta días
por mes). De este modo, serán objeto de valoración:
a) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención de
la escala de personal funcionario de administración local con habilitación de
carácter nacional. Estos servicios se valorarán hasta un máximo de 10 puntos,
con 0,4 puntos por mes completo trabajado.


b) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos reservados a las subescalas de Secretaría o de IntervenciónTesorería, de la escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. Estos servicios se valorarán hasta un máximo
de 8 puntos, con 0,2 puntos por mes completo trabajado.

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación emitida por la
Secretaría de la entidad local correspondiente, junto con la copia auténtica de la
documentación acreditativa del nombramiento otorgado por el órgano competente de las Comunidades Autónomas o del Ministerio que lo hubiere expedido.
6.4. L
 a calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
Séptima. Desarrollo del procedimiento de selección.
7.1. Para la realización del ejercicio obligatorio y de carácter eliminatorio de la fase de oposición se hará un llamamiento único a las personas aspirantes, implicando la exclusión del
proceso selectivo a quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el tribunal de selección.
E
 n cualquier momento del desarrollo de la prueba selectiva, el tribunal podrá requerir a
la persona aspirante para que acredite su identidad.
7.2. El tribunal de selección publicará en el tablón de la sede electrónica de la Junta de Extremadura, así como a través de la siguiente dirección de Internet:
https://ciudadano.juntaex.es/web/administracion-local,
la lista provisional que contenga las puntuaciones obtenidas por quienes sean aspirantes
en la fase de oposición.