Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062960)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición promovido por Hormigones y Contenedores de la Jara 172, SL, en el término municipal de Peraleda de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 193
48014
Miércoles, 6 de octubre de 2021
residuos al objeto de eliminar del proceso aquellos residuos que se detecten inicialmente
que no sean RCDs. Estos residuos se separarán y almacenarán adecuadamente en contenedores habilitados para tal efecto y se derivarán a gestores de residuos autorizados.
Una vez separados, los residuos de construcción y demolición, se procederá al tratamiento
de los mismos con un equipo de reciclaje semi-móvil compuesto por un alimentador vibrante, un molino impactor, una criba y varias cintas transportadoras. Una vez tratado y
clasificado, el material se acopiará mediante una pala cargadora para su posterior uso.
Se proyecta la construcción de una solera de hormigón de 1.500 m2 de 20 cm de espesor
y los restantes 1.000 m2 de zahorra compactada.
La planta de gestión de residuos de construcción y demolición se ubicará en la parcela
125 del polígono 501 de Peraleda de la Mata. Las coordenadas UTM serán X: 288.654, Y:
4.418.271, ETRS89, Huso: 30.
2. Tramitación y consultas.
Con fecha 18 de marzo de 2016, se recibe en la Dirección de Programas de Impacto Ambiental el documento ambiental del proyecto con objeto de determinar la necesidad de sometimiento del mismo al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El documento
ambiental recibido inicialmente no aportaba la información suficiente para la correcta evaluación ambiental del proyecto, por lo que se hicieron subsanaciones al mismo, completándose el documento mediante subsanación recibida con fecha 20 de junio de 2016.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 28 de julio
de 2016, la Dirección General de Medio Ambiente ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta.
Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas
que han emitido respuesta.
Relación de consultados
Respuestas recibidas
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
X
Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural
X
Confederación Hidrográfica del Tajo
X
48014
Miércoles, 6 de octubre de 2021
residuos al objeto de eliminar del proceso aquellos residuos que se detecten inicialmente
que no sean RCDs. Estos residuos se separarán y almacenarán adecuadamente en contenedores habilitados para tal efecto y se derivarán a gestores de residuos autorizados.
Una vez separados, los residuos de construcción y demolición, se procederá al tratamiento
de los mismos con un equipo de reciclaje semi-móvil compuesto por un alimentador vibrante, un molino impactor, una criba y varias cintas transportadoras. Una vez tratado y
clasificado, el material se acopiará mediante una pala cargadora para su posterior uso.
Se proyecta la construcción de una solera de hormigón de 1.500 m2 de 20 cm de espesor
y los restantes 1.000 m2 de zahorra compactada.
La planta de gestión de residuos de construcción y demolición se ubicará en la parcela
125 del polígono 501 de Peraleda de la Mata. Las coordenadas UTM serán X: 288.654, Y:
4.418.271, ETRS89, Huso: 30.
2. Tramitación y consultas.
Con fecha 18 de marzo de 2016, se recibe en la Dirección de Programas de Impacto Ambiental el documento ambiental del proyecto con objeto de determinar la necesidad de sometimiento del mismo al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El documento
ambiental recibido inicialmente no aportaba la información suficiente para la correcta evaluación ambiental del proyecto, por lo que se hicieron subsanaciones al mismo, completándose el documento mediante subsanación recibida con fecha 20 de junio de 2016.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 28 de julio
de 2016, la Dirección General de Medio Ambiente ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta.
Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas
que han emitido respuesta.
Relación de consultados
Respuestas recibidas
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
X
Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural
X
Confederación Hidrográfica del Tajo
X