Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062974)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reubicación del CT "Peraleda I" n.º 140204020 y desdoblamiento de la LAMT "Monterrubio" de la STR "Helechal", de 20 kV, tramo de alimentación al mismo, en Peraleda del Zaucejo". Término municipal: Peraleda del Zaucejo. Expte.: 06/AT-10177/17831/1.
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021

47984

Tipo de línea: Subterránea, simple y doble circuito.
Conductor: Aluminio HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm2 Longitud: 0,486 km.
Origen:
Nuevo Apoyo A1 a instalar, que sustituye al actual apoyo 2261 de la LAMT 5094-01
“Monterrubio” de la STR “Helechal”.
Final:
Nuevo Apoyo A2 a instalar, que sustituye al actual apoyo 1110 de la LAMT 5094-01
“Monterrubio” de la STR “Helechal”.
Tipo de línea: Aérea en simple circuito.
Conductor: Aluminio – acero galvanizado 100-Al1/17-ST1A. Longitud: 0,120 km
Estación transformadora (CT):
CT prefabricado Potencia: 630 kVA
Líneas eléctricas (BT)
Origen: Posiciones libres en el nuevo cuadro de BT a instalar en el nuevo CT “Peraleda 1”.
Final: Entronques aéreos – subterráneos en fachada, junto a arquetas proyectadas y
existentes, para enlazar con las LABT de la zona, en la C/ Barranca.
Conductores: XZ1 (S) 0.6/1 kV 3x150/95 Al // XZ1 (S) kV 4x50 (acometidas) Longitud:
0,179 km
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones,
licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.