Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062958)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa sin convocatoria previa, a la Asociación de Derechos Humanos de Extremadura para la realización del proyecto "AIRIS Acompañamiento e Inserción-Reinserción" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021
47657
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la Asociación de Derechos Humanos de Extremadura, con CIF
G10211050, asciende a 36.741,00 € (Treinta y seis mil setecientos cuarenta y uno euros).
Este importe se financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900
TE25006001, Proyecto de Gasto 20210034, Pacto de Estado contra la violencia de género,
Expediente SINCO/2021/0000003479
Séptimo. Plazos, forma de pago de la subvención y forma de justificación.
1. E
l régimen de pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá el
carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo dispuesto en el informe favorable de fecha 12 de julio de 2021 que a tal respecto emite la Secretaría General de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura y solicitado para dar cumplimiento a lo preceptuado en
el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los pagos a cuenta o anticipados y exención de garantías,
y según a lo establecido.
2. U
na vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto en el resuelvo sexto y se efectuará mediante transferencia a la
cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y
previa aceptación de la subvención y de acreditación del cumplimiento de la adopción de
las medidas de publicidad exigidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura
y en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto
se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de
Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto
por el Pacto de Estado contra la violencia de género y Consejería de Igualdad y Portavocía
de la Junta de Extremadura.
Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar a la Consejería de Igualdad y Portavocía, en el plazo de 10 días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución de
Martes, 5 de octubre de 2021
47657
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la Asociación de Derechos Humanos de Extremadura, con CIF
G10211050, asciende a 36.741,00 € (Treinta y seis mil setecientos cuarenta y uno euros).
Este importe se financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900
TE25006001, Proyecto de Gasto 20210034, Pacto de Estado contra la violencia de género,
Expediente SINCO/2021/0000003479
Séptimo. Plazos, forma de pago de la subvención y forma de justificación.
1. E
l régimen de pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá el
carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo dispuesto en el informe favorable de fecha 12 de julio de 2021 que a tal respecto emite la Secretaría General de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura y solicitado para dar cumplimiento a lo preceptuado en
el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los pagos a cuenta o anticipados y exención de garantías,
y según a lo establecido.
2. U
na vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto en el resuelvo sexto y se efectuará mediante transferencia a la
cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y
previa aceptación de la subvención y de acreditación del cumplimiento de la adopción de
las medidas de publicidad exigidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura
y en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto
se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de
Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto
por el Pacto de Estado contra la violencia de género y Consejería de Igualdad y Portavocía
de la Junta de Extremadura.
Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar a la Consejería de Igualdad y Portavocía, en el plazo de 10 días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución de