Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062945)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación Mujeres Sembrando para la realización del proyecto "Sembrando Igualdad Contra la Violencia Hacia las Mujeres" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021
47636
Por todo ello, en virtud de lo establecido en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio,
por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que establece que la Consejería de Igualdad y Portavocía ejercerá las competencias en materia de la
planificación y desarrollo de las políticas de igualdad, promoviendo medidas sustentadas en
la transversalidad de las políticas públicas, dirigidas a prevenir y combatir la discriminación
entre mujeres y hombres, así como el desarrollo de medidas y acciones dirigidas a erradicar
la violencia de género,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Es objeto de esta Resolución, la concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a favor de la Asociación Mujeres Sembrando, con CIF G06690200, para la realización del
Proyecto “Sembrando Igualdad Contra la Violencia Hacia las Mujeres”, durante el 2021. Este
proyecto se enmarca dentro del Pacto de Estado contra la violencia de género, en concreto,
desarrollando medidas contempladas en los Ejes 1, 3 y 9.
Segundo. Régimen jurídico.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura será, en el marco de la legislación básica del Estado,
la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la
Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 1/2021, de
3 de Febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2021 y por las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las
restantes normas de derecho administrativo que por razón de la materia le sea de aplicación.
Tercero. Proyecto.
La ejecución de las actividades objeto de la subvención, se ajustarán al contenido del
Proyecto presentado, que la entidad aporta y que consta en el expediente administrativo
correspondiente.
Toda modificación que se pretenda llevar a cabo en dicho Proyecto, deberá ser comunicada
previamente a la Consejería de Igualdad y Portavocía, para su autorización por escrito, si procede. Sin dicha autorización, no podrán llevarse a cabo las modificaciones propuestas.
Martes, 5 de octubre de 2021
47636
Por todo ello, en virtud de lo establecido en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio,
por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que establece que la Consejería de Igualdad y Portavocía ejercerá las competencias en materia de la
planificación y desarrollo de las políticas de igualdad, promoviendo medidas sustentadas en
la transversalidad de las políticas públicas, dirigidas a prevenir y combatir la discriminación
entre mujeres y hombres, así como el desarrollo de medidas y acciones dirigidas a erradicar
la violencia de género,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Es objeto de esta Resolución, la concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a favor de la Asociación Mujeres Sembrando, con CIF G06690200, para la realización del
Proyecto “Sembrando Igualdad Contra la Violencia Hacia las Mujeres”, durante el 2021. Este
proyecto se enmarca dentro del Pacto de Estado contra la violencia de género, en concreto,
desarrollando medidas contempladas en los Ejes 1, 3 y 9.
Segundo. Régimen jurídico.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura será, en el marco de la legislación básica del Estado,
la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la
Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 1/2021, de
3 de Febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2021 y por las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las
restantes normas de derecho administrativo que por razón de la materia le sea de aplicación.
Tercero. Proyecto.
La ejecución de las actividades objeto de la subvención, se ajustarán al contenido del
Proyecto presentado, que la entidad aporta y que consta en el expediente administrativo
correspondiente.
Toda modificación que se pretenda llevar a cabo en dicho Proyecto, deberá ser comunicada
previamente a la Consejería de Igualdad y Portavocía, para su autorización por escrito, si procede. Sin dicha autorización, no podrán llevarse a cabo las modificaciones propuestas.