Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contabilidad Pública. Ejercicio Económico. (2021050172)
Orden de 1 de octubre de 2021 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2021.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021
47579
22. Expedientes de gastos derivados del apoyo a la Organizaciones Sindicales y Empresariales, cuya fecha límite de entrada es el 30 de noviembre.
23. Expedientes de gastos relativos a sanidad vegetal y animal y prevención y extinción de incendios, que podrán admitirse hasta el 30 de noviembre.
24. Los gastos de expedientes de contratación que se encuentren iniciados a la entrada en vigor de esta Orden, en los términos del apartado 1 de la disposición
transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, que podrán admitirse hasta el 31 de octubre.
Los expedientes de prórrogas de todos los contratos e incidencias necesarias para la
continuación de su ejecución, así como expedientes de contratos basados en Acuerdos
Marco tendrán como fecha límite de entrada el 30 de diciembre, incluidos aquellos a
los que se aplique la tramitación anticipada.
Para los expedientes de gastos no comprendidos en los apartados anteriores la fecha
límite de entrada será el 15 de octubre.
Los expedientes contables asociados a cada fase de fiscalización previa deberán enviarse a las Intervenciones para su contabilización en el plazo de los 7 días naturales
siguientes a la fecha límite establecida en esta orden, y siempre con anterioridad al
30 de diciembre. Este plazo también será aplicable a los expedientes de gastos de
tramitación anticipada contemplados en la instrucción 3.2.2
En todo caso, a partir de la entrada en vigor de esta orden no se tramitarán expedientes que incorporen los siguientes gastos:
— Certificaciones de obra que incluyan abonos a cuenta sobre su importe por las
operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o
equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra.
— Gastos en acopio de suministros.
3.2. Los expedientes de gasto que se tramiten por el procedimiento de tramitación anticipada, salvo los que deban ser autorizados por Consejo de Gobierno, que se admitirán hasta
el 30 de diciembre, tendrán las siguientes fechas límite para su envío a la Intervención:
1. E
xpedientes cofinanciados con fondos de la Unión Europea, estructurales, de cohesión e instrumentos financieros no estructurales, incluido FEAGA, o con créditos
vinculados a éstos.
Martes, 5 de octubre de 2021
47579
22. Expedientes de gastos derivados del apoyo a la Organizaciones Sindicales y Empresariales, cuya fecha límite de entrada es el 30 de noviembre.
23. Expedientes de gastos relativos a sanidad vegetal y animal y prevención y extinción de incendios, que podrán admitirse hasta el 30 de noviembre.
24. Los gastos de expedientes de contratación que se encuentren iniciados a la entrada en vigor de esta Orden, en los términos del apartado 1 de la disposición
transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, que podrán admitirse hasta el 31 de octubre.
Los expedientes de prórrogas de todos los contratos e incidencias necesarias para la
continuación de su ejecución, así como expedientes de contratos basados en Acuerdos
Marco tendrán como fecha límite de entrada el 30 de diciembre, incluidos aquellos a
los que se aplique la tramitación anticipada.
Para los expedientes de gastos no comprendidos en los apartados anteriores la fecha
límite de entrada será el 15 de octubre.
Los expedientes contables asociados a cada fase de fiscalización previa deberán enviarse a las Intervenciones para su contabilización en el plazo de los 7 días naturales
siguientes a la fecha límite establecida en esta orden, y siempre con anterioridad al
30 de diciembre. Este plazo también será aplicable a los expedientes de gastos de
tramitación anticipada contemplados en la instrucción 3.2.2
En todo caso, a partir de la entrada en vigor de esta orden no se tramitarán expedientes que incorporen los siguientes gastos:
— Certificaciones de obra que incluyan abonos a cuenta sobre su importe por las
operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o
equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra.
— Gastos en acopio de suministros.
3.2. Los expedientes de gasto que se tramiten por el procedimiento de tramitación anticipada, salvo los que deban ser autorizados por Consejo de Gobierno, que se admitirán hasta
el 30 de diciembre, tendrán las siguientes fechas límite para su envío a la Intervención:
1. E
xpedientes cofinanciados con fondos de la Unión Europea, estructurales, de cohesión e instrumentos financieros no estructurales, incluido FEAGA, o con créditos
vinculados a éstos.