Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062909)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la Categoría de Psicólogo/a Clínico, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021



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d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo
de la misma categoría y/o especialidad a la que accede.



e) C
 ertificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que imposibilite el normal desempeño de las tareas o funciones objeto de la
convocatoria.



f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en caso de que
en la solicitud de participación se haya marcado la casilla de no autorización al Servicio Extremeño de Salud para recabar los correspondientes datos derivados de la base
base 2.1.i). Además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes
sexuales prevista anteriormente, los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta
a la española y aquellos que gozaran de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido al castellano y legalizado de acuerdo con
los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere
el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor.



g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación
de los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos a los que se refiere este apartado, se podrá acreditar, que se reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en
Derecho.
11.2. En la resolución por la que se publica la relación definitiva de aprobados, podrá establecerse un número adicional de aspirantes, que no podrá ser superior al 30% de las plazas
convocadas, que habrán de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento
de los requisitos exigidos en esta convocatoria.
11.3. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido en los apartados anteriores,
no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el
derecho a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Duodécima. Elección y adjudicación de plaza.
12.1. Finalizado el plazo de presentación de documentos, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Ge-